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Antiguo 07-07-2016, 08:35
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Obersteuermann
 
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Predeterminado Re: Naviguer sous pavillon étranger, la fin des avantages !

Cita:
Originalmente publicado por Atnem Ver mensaje
No soy experto en leyes, pero es posible que un estado no tenga ciertas competencias sobre embarcaciones con pabellones extranjeros, pero sin embargo creo que es más que lógico que tenga muchas competencias sobre las embarcaciones que surcan sus aguas. Más cuando pertenecen a sus súbditos o residentes.

Quizás no es una comparación del todo correcta, pero en el tránsito rodado se hace lo que cada estado manda (p.ej. conducir por la izquierda). Me cuesta creer (por mucho que pueda interesarme) que no puede hacer nada frente al españolito con su barquito surcando aguas españolas, por mucho que figure una banderita de otro color en su popa.
Buenas, cofrade:

En el caso francés no sé, pero en el español estoy seguro de que la Administración no tiene competencias sobre las embarcaciones con bandera extranjera. Copio el art. 10.2 del vigente Código Civil:

"Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otras medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen."

Como ves, y siguiendo tu mismo ejemplo, la propia legislación distinge entre buques, aeronaves, etc. y medios de transporte por carretera, y les aplica criterios distintos.

Lo que no quita para que sigamos rezando fervorosamente, como tú mismo dices.

Saludos y
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