Un detalle, si el contrato es por un importe estipulado, que es obligación del que arrienda declarar el iva.
Para el arrendatario se supone que en el importe estipulado, está incluido el iva no?
Entonces si este arrendador cambia unilateralmente el titular del contrato como arrendador y lo pasa de particular a empresa, para poder desgravar el iva.
Tendría que absorber él ese iva, no?
No puede incrementar el valor de arriendo, aduciendo el iva, cuando anteriormente se supone que ya venía incluido en el importe estipulado en el contrato.
O se me escapa algo?
Me huele a incremento encubierto.
Pero como no soy ningún experto, me siento a escuchar...
Rondas para aligerar las lenguas de los leguleyos!

