Cita:
Originalmente publicado por pinguino
En efecto, solo es obligatorio inscribir en la LEB los equipos transmisores. Los receptores no es necesario.
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yo eso no lo tengo nada claro. Lo que tiene que estar en la LEB son los equipos transmisores de radicomunicaciones, pero no los equipos radioelectricos de ayuda a la navegacion, y en mi opinion un AIS no es un equipo de radiotelecomunicacion, sino de ayuda a la navegacion.
https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG...ONES/LICENCIA/
Para los mercantes de mas de 300GT obliga a llevarlo, (el SIA, en español), pero no lo considera radiocomunicacion, sino ayuda a la navegacion
Aqui no dice nada de que sea obligatorio registrar un AIS para un buque de recreo
https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG...iposRecreo.htm
y aqui se ve que el SIA no se considera equipo de radiocomunicacion
https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG...gaMayor300.htm