Cita:
Originalmente publicado por nalari
Un extranjero con residencia donde le de la gana, si va a navegar en España más de X días al año, esta obligado a matricular en España. Sucede lo mismo con los coches. El que sea comunitario solo afecta al iva, pero no a la matriculación.
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Yo diría que no, si fuera como tu dices, no habría por nuestros puertos tanto barco con bandera belga.
Un residente en la UE, una vez pagado el IVA y el Impuesto de Matriculación (si procede), puede tener su barco abanderado en cualquier país de la UE cuyas normas se lo permitan, y que ese barco esté en España 365 días al año.