Uf, pues con todo el sistema francés es una caricia al lado del español. Si echamos un vistazo a la web oficial, tienen todo bien clarito y ordenado, al servicio del ciudadano. Aquí vas a la de Fomento y es todo para abogados. "segín el RD 234/2001 art. 3 bis párrafo b punto 2".
https://www.ecologique-solidaire.gou...sirs-nautiques
Por otra parte, a la Administración le conviene que haya un margen de discrecionalidad; qué iban a hacer si no. Una misma infracción se puede multar desde 3.000 a varios millones de €, a criterio de capitanía.
Y lo poner límites así a ojo, otra chorrada. ¿Estás más seguro bañándote a 2,90m. del barco que a 3,10m, o navegando sin VHF fijo a 4,8 millas que a 5,2?