Cita:
Originalmente publicado por papaventos
No necesitas rebajar la graduación de la almiranta. Mírate las definiciones y el ámbito de aplicación de la orden ...
Entre ellas:
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Cita:
Originalmente publicado por papaventos
Y ya sin coña ... lo que ocurre es lo que ha señalado Auskalo, ninguna embarcación de recreo va a montar esos equipos ... pero también nos aplican el régimen sancionador de los buques mercantes y eso nadie lo discute.
Saludos cordiales,
 
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Por supuesto. A lo mejor un día vemos una 'dirección de la náutica recreativa" con legislación y requisitos propios y razonable...
Igualmente cordial
