Cita:
Originalmente publicado por ernestoglopez
Transcribo:
Generalidades
Para cumplir con el requisito legal de tener a bordo las cartas necesarias para la navegación, es necesario que éstas se encuentren actualizadas mediante los Avisos a los Navegantes en vigor. Una vez publicada una carta se debe mantener actualizada por medio de estos avisos hasta la publicación de una Nueva Edición, momento en que la carta caduca y deja de estar en vigor. Los Avisos se agrupan en un boletín semanal. (Véase Aviso General 1(G))
Es responsabilidad del navegante insertar correctamente cada Aviso individual en las cartas afectadas. Además de ser un requisito para la navegación, la importancia de tener las cartas actualizadas nunca debe de minusvalorarse; el no hacerlo conllevaría una grave disminución de su utilidad, pudiendo llegar a convertirse en peligrosamente engañosas.
Si lo que se pregunta es qué son cartas actualizadas legalmente, parece claro que es esto, independientemente de que guste más o menos...
Una🍻
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Esto aclara bastante, pero.... También dice que en cuanto sale una nueva edición, la antigua deja de estar en vigor, por lo que siempre hay que tener la última edición!!! Su pm!