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Antiguo 17-04-2018, 21:45
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Predeterminado Re: Residencia en barco con bandera extranjera en puerto español

Cita:
Originalmente publicado por Cozumel Reefs Ver mensaje
Por ley, la residencia fiscal de un español fuera de España, es si pasas mas de 165 dias al año, si pasas aqui por ley eres residente fiscal español.
Yo creo que si logras residencia en otro pais e incluso pasaporte de "conveniencia" y eres extranjero viviendo en España, sin ser residente ni fisico ni fiscal, tributas al tipo fijo de no residentes un 25% de las propiedades que compres, rentas etc.
Lo ideal seria ser un turista eterno, tener barco de bandera extranjera en puerto español, degravar IVA, no tener que pagar nada mas y estar protegido frente a impuestos y absurdas leyes españolas incluso con domicilio inviolable
Bueno ...por partes..
Un extranjero o espanol residente en el extranjero puede tener su barco en la U.E. 18 meses y despues Tienes Q salir ...y volver a entrar si quieres
Desgravar el iva ...si los productos te los llevas al pais de RESIDENCIA y en su emballasje ...no vale utilizarlos en Espana....y corres el riesgo de tener Q pagar el iva en tu pais d RESIDENCIA...
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