Cita:
Originalmente publicado por hma
No han habido denuncias porque los icp se aceptaban tácitamente como prueba de abanderamiento o matriculación que otorga la nacionalidad , de acuerdo con el artículo 91 del convenio cnudm 82 , ahora que los icp ponen claramente que no son prueba de nacionalidad está claro que se abre la posibilidad de considerar a dichos barcos como apátridas ,
bajo que jurisdicción se encuentran dichas embarcaciones en estos momentos ??
Creo que hay un vacío legal muy gordo con éste abanderamiento , los SSR ingleses , los alemanes de ADAC ( similar al RACE español) entiendo que esta es una de las razones que empujan a la dgmm en l dirección que está tomando, la falta de ejercicio de jurisdicción por parte de los registros extranjeros , que en muchos casos no son más que simples federaciones deportivas o clubs de conductores que no comprueban nada , ni se preocupan por cumplir las obligaciones derivadas del derecho internacional
|
Efectivamente el problema viene EN ESTOS MOMENTOS del cambio de criterio de Holanda, que crea inseguridad jurídica. Pero cuestionar la validez de las ICPs emitidas hasta el verano del 2018 me parece que no tiene base alguna, y menos hablar de estafa y de churrerias.