Cita:
Originalmente publicado por TGDR
Yo no he dicho nunca lo que estáis citando . "La presunción de veracidad del agente no entra en juego a la hora de notificar un plazo de presentación, ni de coña.... esta se tiene en cuenta a la hora de corroborarse en los hechos de una denuncia y no a la hora de notificar verbalmente.".
Yo lo que he dicho y por supuesto mantengo "No lo tenias a bordo, te han requerido, verbalmente es suficiente, juega la presuncion de veracidad del agente" el requerimiento es de que lo enseñases cuando te lo pidieron y a eso me refiero y la presunción de veracidad es sobre que no lo llevabas a bordo.
Nadie tiene que notificarte ni requerirte el plazo de presentación, si está en la legislación, y por supuesto no el agente, "El desconocimiento de la , ley......."
Por otra parte convenía, opinión personal, que en las opiniones sobre procedimiento administrativo o cualquier otra norma legal, se citasen las fuentes legales en las que se basan, que luego vienen los malos entendidos .
Yo te cito las mías, artículos 64 y 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Y por supuesto, me reafirmo, es tu decisión personal y es la única que vale.
Suerte en el recurso
Tomás
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(artículo 24.2 de la constitución española de 1978). La presunción de inocencia es jerárquicamente superior, por lo que, según la jerarquía normativa o legislativa, prevalece sobre la presunción de veracidad.
La presunción de veracidad no es ni más ni menos un efecto de la ley mordaza que sirvió de arma recaudatoria a la DGT y la policial municipal en matearía de trafico pues sirve de hecho probatorio simplemente el testimonio del agente
no existe en derecho procesal penal ningún tipo de presunción de veracidad en las declaraciones que prestan los policías. Cuando éstos cuando acuden a los juicios, sus manifestaciones deben ser interpretadas exactamente igual que cualquier otra prueba testifical.
Por mi parte no voy a continuar con este tema de la presunción de veracidad que en este post no tiene absolutamente nada que ver, eso lo sacaste en tú primera intervención, no sé de donde, sinceramente, esto no tiene nada que ver con trafico que es donde se aplica esa presunción (pa' recaudar más y mejor

) como ya dije en anterior párrafo, si a uno lo llevan a juicio hay que aportar pruebas por mucho policía que seas, no vale solo acusar con el dedito diciendo, "has sido tu has si tu"


gracias y
Cita:
Originalmente publicado por dr.spooky
Bien hecho CeRi_JL.
Por lo que comentas creo que la CHTajo, se ha saltado el procedimiento, así que parece ser que por un defecto de forma te vas a librar.
Suerte con ello
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Gracias, mi primera idea siempre fue recurrir me parece un autentico abuso
os mantendré informados
gracias a todos