Cita:
Originalmente publicado por OliverdelaRosa
Una duda rápida: En este caso ¿Un barco con bandera belga, inglesa o francesa que navega por aguas españolas con capitán español... con qué tiene tiene cumplir, con la norma del país de la bandera del barco, que le dice que el ancla es legal, o con las normas españolas y la citada tablita?
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Muy buena la pregunta...
A día de hoy, cualquier embarcación deberá cumplir, en lo concerniente a los requisitos administrativos, de seguridad, étc. con las normas de su estado de pabellón.
Según ésto, puede y tiene que llevar ese ancla que por acá se considera ilegal, pero a la que le obligan las normas de su estado de abanderamiento.
Lo que pretenden desde la DGMM es que ésto deje de ser así, y pase a ser de la otra manera.
O sea, que evidentemente los navegantes perderíamos en el cambio de obligaciones y los vendedores de anclas y otros pertrechos de acá ganan en el cambalache.
Pura mercadería al servicio de las patronales del sector y un agravio y un castigo innecesario para los navegantes que somos los paganos de todo este tinglado.
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* Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo.
* Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante.
* No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas.
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