Cita:
Originalmente publicado por Treppenwitzz
¡Hola cofrades! ¡Ante nada unas rondas para todos! Ahí va una duda para una armadora novata. Estoy a punto de comprar un barco con pabellón francés y me gustaría mantener esta bandera para navegar por aguas españolas. Según tengo entendido, debo:
1. Pagar ITP y IEDMT en España.
2. Tener una dirección en Francia a efectos de notificaciones.
3. Obtener el CRR (Certificat Restreint de Radiotéléphonie mobile). Lo tengo que hacer antes de comprar el barco? O te dan un plazo para hacerlo? Si el barco está a nombre de dos personas, las dos tienen que hacer el curso para poder navegar?
4. Declarar en la ANFR (Agence Nationale des Fréquences) los equipamientos radioeléctricos y solicitar el MMSI.
5. Pagar un impuesto anual llamado DAFN.
Me dejo algo? O hay algún trámite que me pueda saltar al estar el barco ya abanderado en Francia? El nombre tampoco lo cambiaría, ya que casualmente tiene el nombre que le hubiese puesto yo, jeje.
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¡Muy buenas para todos!
Refloto la lista que publicó la cófrade Treppenwitzz, a ver si alguien puede echar un poco de luz sobre el asunto.
Pues yo estoy queriendo también comprarme un velero con bandera francesa que tengo visto, pero con el "agravante" de que si bien tengo dirección en España, no tengo ningún impuesto o servicio a mi nombre. Podría valer el certificado de empadronamiento?
Espero sus sabios conejos. Ron para todos!
