Cita:
Originalmente publicado por Yandros
Por cierto, sabéis si como documento de propiedad, podría valer el viejo registro español traducido? vete a saber donde tengo el viejo contrato de compraventa.... o sería mejor rellenar ese contrato compraventa que compartió un cofrade y rellenarlo con los datos de la transacción de su día...
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Buenas, cofrade:
Lo que pide la PZZ es lo siguiente:
"Original o copia notariada del documento que declara la adquisición de la propiedad o copropiedad del barco, que puede ser:
- una factura con IVA
- acuerdo de compraventa
- un acuerdo de intercambio
- un acuerdo de donación
- un fallo judicial definitivo sobre los derechos de propiedad"
En mi opinión, la Hoja de registro no la admitirían, pero todo es preguntar a la PZZ...
En cuanto a las traducciones, sólo son válidas las traducciones juradas al polaco o al inglés (mejor este último, que la traducción es más barata).
Por cierto, si algún cofrade está interesado, le puedo pasar - por privado - el contacto del traductor que me ha hecho las traducciones, y es bastante económico y rápido. Para evitar malentendidos, aclaro desde este momento que no tengo relación con él, salvo como cliente.
Saludos y
