Cita:
Originalmente publicado por Pepota
Igual has cambiado de opinion,esto decias el 07-07-2019
Tras una lectura rápida en diagonal, a uno le da por pensar que, dado su carácter ordenancista, parece como si media DGMM hubiera emigrado a Bélgica para redactarlo
https://foro.latabernadelpuerto.com/...d.php?t=178355
post 16
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No, no he cambiado de opinión; te lo explico detalladamente:
1. El carácter ordenancista de la reglamentación española está fuera de toda duda.
2. La reglamentación española relaciona de modo arbitrario la categoría de diseño con la distancia a la costa a la que se permite navegar a los barcos de recreo (zonas de navegación).
3. La nueva reglamentación belga ha adquirido un carácter ordenancista que antes no tenía; de ahí mi comentario del 07/07/2019.
4. Aunque la reglamentación belga fija zonas de navegación con distancias a la costa a las que se permite navegar a los barcos de recreo, lo hace según el equipamiento de éstos, pero
no relaciona de ningún modo la categoría de diseño con las citadas zonas de navegación. De ahí mi comentario del 19/05/2020, perfectamente compatible con el anterior.
Saludos y
