Con respecto al ICP sueco no parece haber las reticencias que con el holandés. Hay que tener en cuenta que en Suecia el registro de barcos de recreo no es obligatorio. Los que tienen algo, tienen el ICP por si les piden alguna documentación al salir fuera de agua suecas.
El ICP holandés está muy cuestionado desde lo del "Lifeline" y los acontecimientos posteriores ("flag not applicable" y MMSI sólo para residentes) lo han convertido prácticamente en papel mojado. Algunas administraciones (Portugal e Irlanda, por el momento) no lo reconocen, y seguramente también dentro de poco, España, probablemente porque a la DGMM le interesa presionar a los que se fueron al ICP holandés para que vuelvan.
Para pedir el ICP sueco no parece que pidan ningún certificado de baja, pues en rigor no es una inscripción en un registro, sino un documento semioficial que acredita la posesión del barco que no confiere nacionalidad al barco. Por esto y
en mi opinión estrictamente personal, un ICP no debería ser objeto de certificado de baja. En estas condiciones, bastaría dejar que el ICP holandés caducara.
En contraposición a esto, hay Administraciones que para registrar un barco sí piden la baja del ICP holandés, por lo que en tal caso sí tendrías que pedir dicho certificado. En La Taberna hay un hilo sobre cómo pedir la baja del ICP holandés.
Saludos y
