Cita:
Originalmente publicado por MrProsper
[...]
Pero también parece claro que, según la legislación española, las zonas de navegación quedan ligadas de modo arbitrario a la categoría de diseño y así un categoría C estará limitado a la zona 4, uno con B a la zona 2 y será necesaria la A para zona 1 como entiendo que confirman las distintas páginas que habéis aportado, alguna de las cuales parece incluso una transcripción literal de la página del ministerio de Fomento (o como se llame ahora, que es muy largo...)iii
[...]
|
Con tu permiso, corrijo ligeramente tu comentario.
Que yo sepa, sólo existen dos países, además de España, que hayan establecido zonas de navegación: Francia y, recientemente, Bélgica. En estos países, las zonas de navegación sólo sirven para establecer el material de seguridad que debe llevar el barco a bordo.
Esto lo hacen obedeciendo la Directiva 2013/53/UE, que deroga la Directiva 94/25/CE, y en la que se han corregido las definiciones de las categorías de diseño para que nadie pueda relacionarlas con la distancia a la costa.
Nadie, claro está, excepto la DGMM, que de esto (y de muchas más cosas, po supuesto) saben más que nadie.
Saludos y
