Cita:
Originalmente publicado por berpul
Hola cofrades. Buenas noches.
Veréis , tengo bandera polaca desde hace algo más de un año, lógicamente por el sistema anterior, pues el nuevo sistema entro en vigor el verano pasado.
El documento que me expidieron era con carácter indefinido, aunque sé que en teoría debo debo abanderarlo nuevamente por el sistema actual, antes de febrero de 2023.
Ahora lo que no sé es si desde la administración polaca me deben comunicar la invalidez del documento expedido en su día con carácter indefinido...pues si no estuviera en este foro, u otro similar , difícilmente me podría haber enterado.
En caso de que la administracion polaca no me comunicara nada, seria valido mi abandaramiento después del 2023?.
Saludos
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El nuevo sistema y sus plazos de puesta en vigor están perfectamente establecidos en la ley, lo que para la Administración polaca equivale a decir que ya te lo han comunicado. Traduzco:
"Art. 28. 1. Las anotaciones en los registros y documentos de registro emitidos en base a las disposiciones anteriores seguirán siendo válidos:
1) las inscripciones en los registros realizados y los documentos expedidos antes del 1 de enero de 2000 - por un periodo de 12 meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley.
2) las inscripciones en los registros realizados y los documentos expedidos hasta el 1 de enero de 2006 - por un período de 18 meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley.
3) las inscripciones en los registros y los documentos expedidos después del 1 de enero de 2006 - por un período de 30 meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley."
La ley entró en vigor el 1 de agosto de 2020.
Saludos y
