![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#21
|
||||
|
||||
|
Cita:
"Art. 28. 1. Las anotaciones en los registros y documentos de registro emitidos en base a las disposiciones anteriores seguirán siendo válidos: 1) las inscripciones en los registros realizados y los documentos expedidos antes del 1 de enero de 2000 - por un periodo de 12 meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley. 2) las inscripciones en los registros realizados y los documentos expedidos hasta el 1 de enero de 2006 - por un período de 18 meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley. 3) las inscripciones en los registros y los documentos expedidos después del 1 de enero de 2006 - por un período de 30 meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley." La ley entró en vigor el 1 de agosto de 2020. Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
|
|