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Originalmente publicado por pinux
Completamente de acuerdo, yo tengo un velero de 5m en zona 5, no navego por esa zona, pero mi barco no tiene puerto asignado, es decir, puedo haber bajado por cualquier playa, así que siguiendo lo que comenta la ley, mientras esté a 5 millas de playa accesible, abrigo, o puerto, estoy legal, así que como si me voy navegando a Murcia desde Gibraltar.. o viceversa..
Volviendo al tema nocturno, yo creo que da igual la titulación mientras no navegues, con que haya una luz todo horizonte.. es como si se baja el patrón a comprar en un barco anclado y deja a la familia.. no le van a exigir ninguna titulación a la tripulación, ya que el barco no esta navegando.
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si vas a murcia lleva cuidado, el rio segura no es navegable, murcia no tiene mar,
el RD no dice que tenga que tener un puerto asignado, ni debe de tenerlo, lo que quiere decir el RD es del puerto que salgas o marina, o donde se pueda salir, desde ese punto no se puede alejar más de 5 millas en cualquier dirección, esto es lo que no entiende mucha gente, pero bueno ah está su opinión y decisión es muy respetable
saludo