Cita:
Originalmente publicado por markuay
Siempre que no te amarres a ninguna boya o fondees.  
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Pues no veo la diferencia, además que pone "El P.E.R. ampliado habilita a los PERs a navegar entre la Península y Baleares", no pone, desde la península a Baleares. Veo poca base para sancionar por hacer esa travesía con PER amplaido. Pero claro, lo que importa es lo que piensen los señores de verde si te paran.
Por cierto, ¿las Clumbretes tiene consideración de puerto refugio?, porque de no tenerla, necesitas zona 2, con la 3 no te llega, por supuesto, esto solo aplica si navegas bajo pabellón español.