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Benito Soto piratagallego
 
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Originalmente publicado por jonam52 Ver mensaje
eso de que la normativa española es coincidente con la internacional lo pongo muy en duda....
pero, en todo caso, la normativa que dices es para los barcos de pasajeros profesionales donde los asientos estan controlados y corresponden a los chalecos que hay y a las balsas salvavidas., ahi cada niño de mas de 1 año si es una plaza (habría que ver si hay 20 niños si tienen 20 chalecos de niño! lo dudo!)
En los papeles de mi velero viene como 6 plazas para dormir...
Me parece absurdo poder embarcar a 6 adultos que pesen 150 kilos cada uno y que no pueda llevar a 5 adultos normales y 2 niños, siempre que no se supere el peso máximo y el barco vaya bien, que para eso somos adultos responsables y tenemos cabeza para pensar.
A mi esto de pensar con las normativas no me va... al final el responsable de como va mi velero soy yo y yo tengo que decidir si voy bien o no, dependiendo de adonde vaya, condiciones de navegación, etc etc etc...
No creo que en Francia por ejemplo te vayan a multar por algo asi, siempre que lleves chalecos y arneses para los niños y el barco vaya bien.

Creo que estas en un error:
Placa del constructor
Una placa – que puede ser una chapa rígida o una etiqueta flexible – fijada a la embarcación o moto de forma que no se pueda retirar sin el uso de herramientas, y separada del número de identificación WIN, debe mostrar como mínimo el Marcado CE, el nombre y datos de contacto del constructor, la categoría de diseño, el número máximo de personas que la moto o embarcación está destinada a transportar y la carga máxima recomendada por el fabricante. La carga máxima declarada en la chapa del constructor debe incluir el peso de las personas, bienes y tanques de combustible portátiles, pero no el peso del contenido de los tanques fijos.

Marcado CE

El Marcado CE supone una declaración de que un producto cumple con los requisitos de seguridad establecidos por la legislación de armonización de la Unión Europea para el producto en cuestión.

Desde el 16 de junio de 1998 todas las embarcaciones puestas por primera vez en el mercado comunitario, ya sean embarcaciones nuevas construidas dentro de la Unión Europea o embarcaciones importadas de terceros países – tanto nuevas como de segunda mano –, deben contar con Marcado CE. Posteriormente se ha ampliado el requisito de Marcado CE a las motos náuticas y a las emisiones sonoras y de escape, siendo este el cambio más significativo que ha sufrido la normativa desde entonces.

La normativa actualmente en vigor es la Directiva 2013/53/UE, aplicable desde el 18 de enero de 2016 y traspuesta al ordenamiento jurídico nacional en el Real Decreto 98/2016, de 11 de marzo, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y sus componentes.

Otros documentos útiles, no normativos, son la Guía de Aplicación de la Directiva 2013/53/UE y la Guía del Recreational Craft Sectoral Group, ambas disponibles solo en inglés.
Ámbito geográfico

La Directiva 2013/53/UE es de aplicación obligatoria en el territorio del Espacio Económico Europeo (EEE), que comprende la UE, Islandia, Noruega y Liechtenstein. Otros países la aplican por acuerdos particulares.

En cualquier caso el Marcado CE sobre un producto no indica en ningún caso su procedencia de la UE – ni del EEE – sino su conformidad con la legislación de armonización de la Unión Europea.
Saludos
Rafa
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