Cita:
Originalmente publicado por Apagapenol
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Sí, pero:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1977-14944
En lo que se refiere a buques y embarcaciones de recreo es una mera descripcion normativa, eso entiendo yo.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1980-23701
Sí, parece que está claro:
Artículo primero: Todos los buques y embarcaciones nacionales, mercantes, de pesca, deportivos y de recreo, de servicios portuarios, así como los artefactos flotantes, cualquiera que sea su tipo, clase o actividad, enarbolarán, como único pabellón, la Bandera de España.