La Taberna del Puerto El seguro de mi barc
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Predeterminado Re: ¿Es obligatorio enarbolar el pabellón español?

Buenas tardes, cofrade:

El uso del pabellón nacional en barcos de recreo está regulado en dos disposiciones: el RD 1511/1977 y el RD 2335/1980. Adjunto los enlaces:

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1977-14944

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1980-23701

Saludos y
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)
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Etiquetas
bandera española, legislación, obligatorio, pabellon


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