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Originalmente publicado por Itaca2
Queridos cofrades. Ante todo teneis pagada esta ronda por ser mi primera intervención en el foro y en la taberna  .
Estoy en trámites de compra de un RO-300 que tendré en breve después de una experiencia con un First 235. Ya os pediré mucha ayuda  .
El vendedor era que con el RO-300 podia ir a las Baleares, a lo cual yo le hice observar que con el PER (que es lo que yo tengo actualmente) sólo puedo navegar hasta 12 millas. El hombre, muy hábil él, me dijo que efectivamente el PER permite 12 millas pero que la competencia de la Guardia Civil TAMBIEN finaliza a las 12 millas por lo cual, pasada esta distancia no te pueden multar. Sabeis algo de eso, alguno de vosotros que sepa de temas legales ? es cierto  o es un "bluf" de vendedor  ?
Gracias cofrades
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Pues yo creo que para que te quites ese problema de encima de una vez y puedas navegar tranquilo mil veces a las islas si lo deseas e incluso más allá, lo que tendrías que plantearte es obtener el Patrón de Yate y se acabó el problema.
Eso de intentar buscar un resquicio por donde evitar la norma y la posible sanción, estar pendiente de qué hacer para que la Guardia Civil no te pille en zonas donde no estás autorizado a navegar, etc, etc... pues...como que no, oiga.
Si en el fondo todo es mucho más simple. Ampliamos nuestras atribuciones, cumplimos la ley y nos ahorramos problemas. ¿No te parece?