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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Queridos cofrades. Ante todo teneis pagada esta ronda por ser mi primera intervención en el foro y en la taberna
.Estoy en trámites de compra de un RO-300 que tendré en breve después de una experiencia con un First 235. Ya os pediré mucha ayuda . El vendedor era que con el RO-300 podia ir a las Baleares, a lo cual yo le hice observar que con el PER (que es lo que yo tengo actualmente) sólo puedo navegar hasta 12 millas. El hombre, muy hábil él, me dijo que efectivamente el PER permite 12 millas pero que la competencia de la Guardia Civil TAMBIEN finaliza a las 12 millas por lo cual, pasada esta distancia no te pueden multar. Sabeis algo de eso, alguno de vosotros que sepa de temas legales ? es cierto o es un "bluf" de vendedor ?Gracias cofrades |
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#2
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pues si compañero no deben decrte nada a mas de las 12 millas pero claro si te pueden seguir y pillarte cuando entras,asi que ojo de no entrar en sus narices,ya que su limete y competencia son 12 millas,saludos
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mi barco playamar 630 fisher plus suzuki 175 cv 4t |
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#3
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Algo de eso hay. Hay un hilo abierto exactamente sobre este tema con muchas aportaciones y datos (tengo peniente estudiarlo bien).
No se darte mas datos sobre el titulo para ayudarte a encontrarlo ![]() EDITO a la vista del comentario de Azote: no se trata tanto de la competencia de la GC, como de la competencia del Estado. Me resulta muy curioso que el Estado pueda prohibir que hagas algo en un territorio sobre el que no tiene competencia. Sin ser un experto yo diria que eso solo existe en determinados delitos contra la humanidad, y no creo que la gravedad de navegar mas alla del despacho llegue a eso... (de momento, que todo se andara por el camino que vamos). Por tanto, si el EStado no tiene la competencia en ese territorio, no puede sancionarte aunque te pillen: porque cuando te pillan ya estas a menos de 12 millas navegando legal, y mientras estas mas lejos no te pueden hacer nada. PERO OJO, REPITO: no se nada del tema y no me he estudiado ese hilo (que recuerdo haber visto por encima que tiene varias aportaciones muy buenas) Editado por Capità Drake en 01-04-2008 a las 22:59. |
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#4
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La competencia de la GC es la necesaria para asumir la vigilancia de las aguas territoriales, o sea que por ese lado si quieren te pillan.
Lo que ocurre es que no se alejan de la costa sin un motivo especial. De todas formas,piensa que cuando llegues a las islas, también patrullan por ahí. Con el PER no puedes, ha habido ya un montón de hilos sobre ese tema. Te vas a arriesgar como si conduces un camion con un permiso de turismo. Yo que tu no lo haria forastero. Una ronda a tu salud ![]() |
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#5
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El caso es que multan si cruzas con el PER. Así que, hay que sacarse el PY.
Saludos.
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--- Todas las islas, incluso las conocidas, son desconocidas mientras no desembarquemos en ellas. (José Saramago. El cuento de la isla desconocida)
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#6
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En aguas internacionales pueden pedirte la documentación cualquier barco de la armada de cualquier pais,aunque no te puedan multar.
Ahora bien, supongamos que sales de denia,supongamos tambien que hay una distancia de 50 millas a ibiza,sigamos suponiendo que has pasado las doce millas y la guardia civil va detras de tu barco.En el momento que lleves recorridas 48 millas estarás a doce de por ejemplo ibiza, y ahí si te pueden pedir documentos y multarte.Aparte de a ver como te las arreglas después para volver de ibiza a la peninsula con el per.Eso sin tener en cuenta los consabidos problemas con los seguros en caso de algún percance fuera de las doce millas. Lo mejor es ir en regla,créeme. ![]() |
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#7
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Caros Confrades
Creio que pela lei internacional numa embarcação em águas internacionais é aplicada a legislação do país de bandeira! Portanto..... Um barco português em águas espanholas está sujeito às leis espanholas, em águas internacionais é português! Não deitem a sogra borda fora ) em águas internacionais num barco americano registado no Texas ou na Florida pois podem ser condenados à morte!!
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"ESTA É A MARGEM DO AZUL, NENHUM OUTRO LIMITE RECONHEÇO AO SANGUE." A.Martins |
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#8
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Aunlargo, supongo que si dices que multan es porque te han multado ¿no?
Itaca2, yo habre tenido suerte, habre hecho la travesia a la peninsula unas cuantas veces, ¿unas 50? no se, y nunca jamas me han parado ni a 12 millas ni a 50. Teniendo en cuenta que muchas de estas travesias las he hecho con barcos en lista 6ª, los cuales suelen parar mas a menudo. Eso si en la costa a una milla, en el puerto, ahi si me han parado tanto las patrulleras de la península como en las islas. Lo mismo te podria decir de todos mis amigos y conocidos. No conozco a nadie que le hayan parado. Salut
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![]() Es una verdad sincera Lo que nos dice esta frase: Que solo el ser que no nace No puede ser calavera. |
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#9
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Como el cofrade Amurado ha comentado, aparte de los Heineken man hay que pensar que el seguro NO cubre lo que pase fuera de las 12 millas, yo no sé a quien preferiría engañar, a una aseguradora o a la GC...
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#10
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wenas,nu se pero me suena que aguas internacionales es a partir de 25millas creo
pero si es asi la gc tienen competencia creo yo,ESTO ES UNA PREGUNTA MIA NO HACERME MUCHO CASO ,un saludo ![]()
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LOS MARES TRANQUILOS,NO PRODUCEN MARINEROS HABILIDOSOS
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#11
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hasta 12 son aguas territoriales (con soberania), de 12 a 24 zona contigua , donde pueden intervenir las autoridades. (materia fiscal, policial, aduanera y sanitaria)
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No hi pots perdre res, si vols podràs no pots perdre el temps, els dies s’estan acabant Viu la vida viu, no paris mai sent que cada respir és de veritat (Clepton) |
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#12
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Yo tambien soy de la opinión, que el problema vendría de la compañia aseguradora en caso de una averia, remolque o accidente.
Como dice Binimel·la, aun no sé fehacientemente de ningun caso en el que haya habido sanción por navegar con el PER a más de 12 millas. Si alguien conoce alguno, pero que no sea el amigo de un primo de mi cuñado. ![]()
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No se trata de ver algo que nadie haya visto jamás, se trata de ver algo nuevo y diferente en lo que todo el mundo ve. |
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#13
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Cita:
Pues yo creo que para que te quites ese problema de encima de una vez y puedas navegar tranquilo mil veces a las islas si lo deseas e incluso más allá, lo que tendrías que plantearte es obtener el Patrón de Yate y se acabó el problema. Eso de intentar buscar un resquicio por donde evitar la norma y la posible sanción, estar pendiente de qué hacer para que la Guardia Civil no te pille en zonas donde no estás autorizado a navegar, etc, etc... pues...como que no, oiga. Si en el fondo todo es mucho más simple. Ampliamos nuestras atribuciones, cumplimos la ley y nos ahorramos problemas. ¿No te parece? |
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#14
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EDITO a la vista del comentario de Azote: no se trata tanto de la competencia de la GC, como de la competencia del Estado. Me resulta muy curioso que el Estado pueda prohibir que hagas algo en un territorio sobre el que no tiene competencia. Sin ser un experto yo diria que eso solo existe en determinados delitos contra la humanidad, y no creo que la gravedad de navegar mas alla del despacho llegue a eso... (de momento, que todo se andara por el camino que vamos).
Por tanto, si el EStado no tiene la competencia en ese territorio, no puede sancionarte aunque te pillen: porque cuando te pillan ya estas a menos de 12 millas navegando legal, y mientras estas mas lejos no te pueden hacer nada. PERO OJO, REPITO: no se nada del tema y no me he estudiado ese hilo (que recuerdo haber visto por encima que tiene varias aportaciones muy buenas)[/quote] Esto suena muy lògico, sobre todo cuando enfrentamos reglamentaciones dudosas, por no decir ridìculas. Los de las titulaciones españolas para poder navegar supongo que sera algo reciente porque hay grandes navegantes que no las poseen. En otro hilo leì sobre uno que se diò la vuelta al mundo y lo detuvieron al llegar a España
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gracy "El lujo es vulgaridad, dijo, y me conquistò. De esa miel no comen las hormigas" |
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#15
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saludos!!!!!
la cosa ya no es solo el tema del per o el patron de yate que bueno, mira eso se saca y punto,,,,la cosa es tener que poner el barco en zona de navegacion 3 eso si que es i perdon por la mayusculasss UNA PPPPPPPPPPP.......************ADA,,,,, vale un pasta i pa que, ca cagala...... ![]() |
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#16
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Yo la verdad cruce unas cuantas veces a las islas (Formentera, Ibiza, Cabrera,Mallorca y Menorca) y me pararon en varias ocasiones solicitándome toda la documentación y nunca me pusieron pega alguna con la titulación.
Otro cantar seria si llevo el seguro caducado o zona 4 Si creo que es importante tener el barco en la zona correspondiente (Mínimo zona 3) fundamentalmente por seguridad. ![]()
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http://raf-elgranazul.blogspot.com/ www.rutasecuestres.com www.rafaelalcocer.es Solo Se Que No Se Nada. |
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#17
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Cita:
![]() salud ![]()
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MMSI 224447770 |
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#18
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En esta taberna me quieren mucho y me quitan años ![]()
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#19
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Cita:
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#20
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ATENTA LA PARROQUIA :
A raiz de comentarios en otro post, es SEGURO, que por aqui hay mucha gente leyendo e informandose - entre ellos de la Administracion - Osease : las norma y las Leyes son para cumplirlas, y si se puede ..... (hasta aqui puedo leer )![]()
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Manel - EA3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 de Baja por en crisis económica ?? |
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#21
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Un buque con bandera española está sujeto a la legislación española esté donde esté, es territorio español a todos los efectos. Además deberá cumplir con la legislación del dueño de las aguas que le mojan el casco o sólo con la internacional si está en aguas libres.
Las Heineken llevan buenos radares, no necesitan salirse de las 12 millas. Y si no salen es porque no quieren, si se les ordena (como ocurre en Canarias con el tema de los cayucos) van hasta el quinto pimiento y vuelven. Y no mosqueéis a los de Aduanas porque sus barcos corren que se las pelan y tienen mucha autonomía. ¿Tan difícil es cumplir la lagislación? ¿Tan dificil es sacarse el carnet de PY? Saludos y mirindas
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Entia non sunt multiplicanda praeter necessitatem (Occam) To Do is to Be (Sócrates) To Be is to Do (Kant) Do Be Do Be Do (Sinatra) Ya Ba Da Ba Do (Pedro Picapiedra) Bee Bee Bee Beeeeee (oveja Dolly) EB4FFV |
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#22
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Queridos cofrades
Por supuesto que hay que cumplir con la ley . LO que pasa es que en España tenemos una tendencia enfermiza a sobre-actuar o a sobre-legislar o a ponerle puertas al campo y barreras al mar . Yo personalmente tengo el PER y estoy estudiando el PY que me pienso sacar antes de fin de año . Lo que pasa es que me fastidia que alguien se arrogue competencias que no tiene y simplemente queria saber hasta donde se puede tensar el tema y si era cierto o no que el Estado tiene competencias ADMINISTRATIVAS (que no penales u otras) sobre lo que hagamos más allà de 12 millas, repito a sólo administrativas (descarto pues el caso de los delitos, trafico de drogas, delitos de lesa humanidad, etc. para los cuales sí tiene competencias).Otro tema, a raiz de uno de los comentarios, sería el de la obligación de llevar el pabellón nacional, que según tengo entendido, solo es necesario llevar en presencia de un barco de guerra o una fortaleza militar. Pero ese es otro hilo. Gracias cofrades y despues de este rollo pago una ronda para todos ! ![]() |
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#23
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Lo cierto es que si un día piden titulaciones solo cruzarán 4 gatos y si al día siguiente solicitan papeles por zonas de navegación se quedan todos.....incluidos los 4
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“Los mejores libros son aquellos que quienes los leen creen que también ellos pudieron haberlos escrito” |
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#24
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Cita:
Mi opinion, si quiero pasar a Baleares con mi barco, despacho en zona 3, sin truquis de ningun tipo (obviamente con PY), y parte al seguro para avisar del cambio de zona de navegación y a ver que puñalada me meten en la prima, Balsa salvavidas, radio OM, radiobaliza y todo lo que se tercie, pero repito, esa es mi postura. Si pasa algún percance, no quiero que el seguro se llame a antanas. Con respecto al pabellón nacional, es obligatorio llevarlo enarbolado desde el orto hasta el ocaso, incluso estando en el pantalán (incluso es obligatorio arriarlo despues del ocaso), pero si se tiene arbolado, no se de nadie que le hayan dicho nada. En presencia de barcos de la Armada y de Fortalezas lo que es obligatorio es el "saludo de banderas", que consiste en arriar e izar el pabellón 3 veces y tranquilo, no tengas miedo de hacer el ridiculo, si te cruzas con el Principe de Asturias en tu barco de 5 mts. o con el J.S. Elcano, ten por seguro que te van a contestar al saludo, en el ejército el saludo es una obligación no es potestativo. jo, me ha quedado un post de lo más luengo. Más cerveza tabernero |
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#25
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Cita:
No, no me han multado, aunque me han hecho volver de ibiza en ferry por otros motivos. En invierno hay poco barco, navegando, y en navidad menos, y se entretienen controlando al que le da por salir. El caso que yo conozco es de los de "un amigo de un amigo", pero yo me lo creo por quién es el "amigo". Si me entero directamente de uno ya os aviso. Yo no cruzaría con el PER. Solo con que te hagan un control en las baleares y vean que eres PER de la peninsula, basta para que te controlen de puerto en puerto (eso sí me ha pasado) hasta que te puedan fastidiar por algo. Ronda ![]()
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--- Todas las islas, incluso las conocidas, son desconocidas mientras no desembarquemos en ellas. (José Saramago. El cuento de la isla desconocida)
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