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Originalmente publicado por Agelillo
Pero claro mi gran duda es... que las 6 capturas máxima de cefalópodos o 5 kg de otros tipo de pez autorizado dentro de las aguas interiores. Hay que ficharlas mediante una aplicación app que van a facilitar, cojes una mojarra y tiene que entrar en la app y decirlo si viene la guardia y no lo tiene digamos declarado en la app te multa.
A parte que hay que hacerle un corte en la aleta tanto a pez como cefalópodos. (((Pero todo eso lo que se coja en aguas interiores)))
Si yo pesco en aguas exteriores 5 kg de chocos por ejemplo y 5 kg de bacoretas (pesca en aguas exteriores no obliga a declarar el pez en la app ni a cortar la aleta) cuando entró en aguas interiores y para llegar puerto y la guardia me registra y ve que tengo 5kg de uno y 5kg de otro sin declarar y sin cortar la aleta como demuestro yo que lo pesque en exteriores
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La guardia civil no puede hacer nada salvo que vayan a tu casa, la declaración hay que hacerla dentro del dia natural en que se pesca, tu sales por la mañana y puedes hacer la declaración antes de las 12 de la noche, no hay que hacerla antes de atracar ni en el momento en que se realice la captura.
No puedes pescar en exteriores 5 kgs de bacoreta y 5 de chocos, solo estamos autorizados a 5 kgs de capturas en total, independientemente de la especie.
¿Como demostrar que lo has pescado en exteriores? Esa es la pregunta del millón, evidentemente para una posible sanción deben pararte mientras pescas por lo que si pescas en exteriores deberías irte directamente a puerto una vez finalizada la pesca y no pararte en interiores a dar un último lance, si te paras ya tendrías muy difícil demostrar que son capturas en aguas exteriores.