Cita:
Originalmente publicado por humpback
Humildemente! Bandera polaca, y cumpliendo material de normativa de bandera, PER te vale para todas las aguas del mundo mundial. Así me lo dijeron y así me cubre mi seguro a mí. No hace falta titulación polaca, éso sí: radio operador de corto (sirve el título español, que cuando yo me titulé ibade serie y así lo explicita el título).
Añado por experiencia propia que siempre es bueno consultar bien al seguro las excepciones a la norma. Pongo un ejemplo propio: en un momento dado con bandera española, PER y barco categoría B de 6 metros, el seguro me autorizó a separarme 25 millas de la costa para evitar un campo de minas en determinado lugar del Mediterráneo.

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¡Interesante comentario, cofrade!
Sin embargo, la normativa polaca:
https://portal.reja24.gov.pl/web/gue...w-jacht%C3%B3w
- hay que reconocer que un poco prolija - establece lo siguiente (última tabla de la página):
"Prowadzący jachty rekreacyjne żaglowe o długości większej niż 7,5 m lub motorowe o mocy silników przekraczającej 10 kW musi posiadać patent żeglarski."
"Los patrones de veleros de recreo de más de 7,5 m de eslora o de yates a motor con una potencia de motor superior a 10 kW deben tener un título de navegación."
En la introducción parece que se aceptan los títulos náuticos válidos en otros países.
Cuando tenga un rato - largo - me miraré todo con más detalle (es mucho y mi nivel de polaco deja mucho que desear...)
Saludos y
