Cita:
Originalmente publicado por humpback
Yo discrepo. Con el PER y según con qué banderas, no tienes limitaciones ¿por qué? Porque dentro de aguas españolas, que son esas 12 millas, estás cubierto con el PER puesto que el RD exige tener titulación española a los residentes. Hasta ahí lo normal.
Cuando sales de aguas españolas, manda la normativa del pabellón. Y si el pabellón no exige titulación o requiere cualquier titulación sólo como demostración de que el patrón tiene conocimientos, pero no aplica normativa sobre distancia a costa con respecto a titulaciones (que es el caso de Polonia), con el PER, pabellón polaco y fuera de aguas españolas, no tienes limitaciones por titulación.
Y lo puedo confirmar porque no sólo he hecho la consulta, sino que con base en la respuesta de hecho mi seguro me aporta cobertura en todas las aguas para mi barco (categoría A) y con mi título (PER con ampliación de atribuciones).

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Cofrade Humpback
Puedes decirme a quien realizaste la consulta o puedes facilitarme la respuesta a la consulta?
Disculpa si es atrevido por mi parte o si lo prefieres responder por privado , aunque mi seguro no me pone problemas con la bandera polaca si que sigue vinculando la zona de navegación autorizada a mi titulación “española “
Quizás con tu consulta termine de convencer al seguro de quitar esa limitación.
Un saludo
