He leído el post, y he leído el RD.
Y me surge una pregunta que no sé si alguien me podrá responder.
Lo que exige el texto del Real Decreto en cuanto a seguridad ¿no se estaba haciendo hasta ahora?.
Me explico ¿no tenían los organizadores de concentraciones y regatas un protocolo de seguridad o alguien que coordinase este aspecto en la celebración de los eventos?.
Las exigencias en cuanto a cuestiones puramente de seguridad del texto del decreto (me refiero a medidas), no difieren mucho de las que ya existían como reglamento de seguridad que todos hemos podido aprender en PER, PY, etcétera. ¿Supone esta indignación general que no se cumplían las reglas que todos conocemos y que estamos obligados a cumplir?.
Las preguntas no son retóricas, es que, de momento, soy incapaz de ubicarme en el debate.
¿Cuales son los artículos concretos que ocasionan esta disconformidad?

Rog