Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda
La denuncia de cualquier autoridad administrativa, tiene que ser por actos probados y no imajinarios. Tienes un claro ejemplo comparativo en las sanciones de trafico por velocidad, Si tu adelantas a una patrulla de la GC a más velocidad de la permitida y esta patrulla no está equipada con radar, observará que no te denuncia por exceso de velocidad, te podrá denunciar por otra cuestión, ejemplo, conducción temeraria.
2.- Se plantea además otra cuestión y es que administrativamente las aguas jurisdiccionales de españa son 12 millas. Yo entiendo que administrativamente la G.C., solo puede denunciar hechos en su desmarcación y más concretamente en el territorio nacional no en aguas internacionales, execto que la aciión infringida fuera delito que no es este el caso.
Una ronda para todos.
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