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Antiguo 22-11-2008, 02:22
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Tasas, tasas y mas tasas. Odio tener que hacer estas preguntas

Cita:
Originalmente publicado por otoio Ver mensaje
Resumo un poquitín, porque (me) parece interesante...
(No pongo todo el tocho, sólo lo que me parece más importante y pongo notas en rojo oscuro)
Real Decreto 1381/2002, de 20 diciembre
BOE nº 305 de 21 diciembre 2002, pág. 45003 y ss.

Artículo 8. Tarifas aplicables a la recepción de desechos generados por los buques

1. Los costes del servicio de gestión de los desechos generados por los buques serán sufragados mediante el pago de tarifas por parte de los buques, ....

2. Para la determinación del sistema de tarifas, en el caso de buques distintos de los que se mencionan en el apartado 3 (los de recreo se recogen en ese apartado 3, pero lo dejo para hacerse una idea de qué va), se aplicarán los siguientes principios:
a) Todo buque que haga escala en un puerto español contribuirá en una proporción significativa a los costes mencionados en el apartado 1 del presente artículo, con independencia del uso real que haga de las instalaciones portuarias receptoras, para lo que se establecerá un sistema de tarifas normalizadas ....
b) ....
c) Podrá establecerse un sistema de reducción de estas tarifas para aquellos buques cuyo capitán pueda demostrar ... que el buque genera cantidades reducidas de desechos. ....

3. Los buques de pesca fresca y las embarcaciones de recreopara un máximo de doce pasajeros abonarán las tarifas que correspondan al coste del servicio efectivamente recibido.

4. Las tarifas serán equitativas, transparentes y no discriminatorias, y reflejarán el coste de las instalaciones y los servicios. Se deberá informar a los usuarios del puerto de los importes de dichas tarifas y de las bases de cálculo correspondientes.
Ojo, esto es un "divertimento legislativo" de un "aficionado".

Pero me parece a mí que debieran aplicar el artículo 8.3 y debiérais reclamar que no habéis recibido un servicio o que os justifiquen el servicio que os han prestado, y la carga de la prueba, deberá estar en ellos.

Ahora, si consideran prestado el servicio diciendo
"Ahí tiene usted la papelera para sus residuos de carga (tales como peladuras de naranja y similares), no se prive usted de poner un Wc (y no me sea cochino de orinar en el mar) que ya tiene puesto el servicio para recoger las aguas sucias, y no se olvide de que ahí tiene el contenedor del aceite usado..."

Pues la cosa acabará en una reclamación... O en un a jod... y asumir un gasto más por tener el barquito...

Suerte.
(Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...)
Gracias por tus comentarios.
He resaltado en rojo vivo y subrayado: entiendo efectivamente que pagaré la tasa correspondiente cuando utilice el servicio, no una tasa anual según metros cuadrados (manga x eslora) utilice o no el "cacodreitor machine" .

Pero soy muy duro de mollera y seguro que estoy equivocado.

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