Cita:
Originalmente publicado por TINGIS
No es un concepto jurídico, tal y cómo te han dicho.
Es un elemento esencial para calcular una Tasa aplicable, que se devengará a favor de la Autoridad Portuaria, por la ocupación privativa del dominio público, en virtud de una concesión o autorización.
Un ejemplo asimilable en tierra, serían las Tasas que pagan (por ejemplo, los bares) por ocupación de terreno de uso público en los Ayuntamientos de nuestras ciudades, con las mesas o sillas, a razón de tanto por metros cuadrados ocupados.
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Totalmente de acuerdo.
Es como preguntar: ¿Cual es la definición jurídica de "metro cuadrado ocupado"? Pues algo así como "los metros cuadrados que se ocupan"
