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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#9
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No es un concepto jurídico, tal y cómo te han dicho. Es un elemento esencial para calcular una Tasa aplicable, que se devengará a favor de la Autoridad Portuaria, por la ocupación privativa del dominio público, en virtud de una concesión o autorización. Un ejemplo asimilable en tierra, serían las Tasas que pagan (por ejemplo, los bares) por ocupación de terreno de uso público en los Ayuntamientos de nuestras ciudades, con las mesas o sillas, a razón de tanto por metros cuadrados ocupados. |
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