Cita:
Originalmente publicado por Auskalo
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Y si prospera se darán situaciones muy curiosas, como que un tio que ha hecho las practicas en su barco (vamos a poner 12 metros, por ser generosos), nunca ha ido mas alla del tradicional cruce a baleares, ha ido a unos cursillos de 15 dias en Bamio o Isla Cristina de golpe y porrazo puede llevar un 24 metros con dos motoracos de 2000 HP, con 12 personas y largarse a los fiordos noruegos.
Algunos pensareis que exagero y que he puesto un ejemplo poco realista, pues no lo es, es lo mas común.
Mirad la cuestion desde otra perspectiva, desearias que un familiar vuestro, que no sabe nada del mar, que solo quiere pasar unas vacaciones diferentes contratase a un tio con estas caracteristicas, total, como esta habilitado para ello...
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Auskalo, relájate hombre.
Pero es que resulta que un título de CY actualmente te faculta para "llevar un 24 metros con dos motoracos de 2000 HP, con 12 personas y largarse a los fiordos noruegos ", eso si, sin cobrar.
Y además si puede actualmente, "...que un familiar vuestro, que no sabe nada del mar, que solo quiere pasar unas vacaciones diferentes contratase a un tio con estas caracteristicas...", eso si, sin cobrar.
O sea que menos rasgarse las vestiduras por la posibilidad de lo que van hacer cuando lo realmente novedoso es que si lo puedan hacer cobrando.
Por otro lado, ¿tu te crees que una empresa de charter va a dejar una embarcación de ese porte y con esas responsabilidades al primero que pase? por favor...
Yo entiendo vuestro mosqueo por el agravio comparativo hasta la fecha entre lo que se os pedía a vosotros y lo que se pide en la nueva titulación, pero es que vosotros podeis además utilizar vuestro título para otras actividades profesionales. Esta nueva titulación está enfocada sólo a las embracaciones "deportivas", como hasta ahora, sólo que ... ahora se podrá cobrar por ello.
También entiendo que os mosquee ver que una parte de vuestro pastel profesional está ahora al alcance de otras bocas... pero ésto es también el pan nuestro de cada día de otras actividades profesionales. Lo llaman algo así como "reconversión profesional" y otras sutilizas por el estilo.
Así qué, o me lo argumentas de otro modo, o no le veo yo el porque de tantos aspavientos.
Estoy de acuerdo contigo en que como mínimo es confuso y un tanto ambiguo el tema de la declaración jurada y la experiencia exigida.
Saludos (muy cordiales).
