He ido a Capitania a solicitar el cambio de mi embarcarción a zona 4, pues actualmente la tengo en zona 5, y ha surgido una duda con respecto a una discrepancia con el inspector:
Según él la zona 5ª habilita 5 millas paralelo a la costa, pues entiende que siempre hay una playa o abrigo accesible.
¿Esto es así?
¿Se puede considerar una playa un lugar seguro para refugiarse en caso de mal tiempo?
Se agradecen las sugerencias

