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Antiguo 15-04-2010, 01:02
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Predeterminado Re: Papeleo en ´venta de auxiliar

Estimados cofrades:

Aquí está la respuesta:

REAL DECRETO 607/1999, de 16 de abril,
por el que se aprueba el Reglamento del seguro
de responsabilidad civil de suscripción obligatoria
para embarcaciones de recreo o
deportivas.

Artículo 2. Embarcaciones de recreo o deportivas.

Tienen la consideración de embarcaciones de recreo
o deportivas, a los efectos de este Reglamento, los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y
deportiva propulsados a motor, incluidas las motos náuticas, así como aquellos que carezcan de motor y tengan una eslora superior a seis metros.

Por tanto, la zodiac con motor (sea de la eslora que sea) necesita la contratación de un seguro de responsabilidad civil, pero no necesita abanderarse o matricularse si no supera los 2,5 metros de eslora.

En cuánto a los "papeles" bastará con presentar a la Compañia de Seguros, la factura de compraventa y/o las características de la embarcación asegurada.

Salvo mejor opinión.

Un saludo
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