Partiendo exclusivamente de los hechos narrados, la situación que expones es absolutamente ilegal y es susceptible de ser controlada judicialmente si no se retrotaren las cosas a la situación anterior, es decir, a la devolución de la embarcacion a su lugar.
Nada se dice de notificaciones previas, de un procedimiento de apremio ( en cso de impago), o de la presunción de la comisión de un delito. Según narras se actúa por la vía del hecho, torticero proceder, que lamentablemente ocurre más de lo habitual en nuestro país.
La solución es la de siempre: un abogado de confianza del perjudicado, dirigiendo previamente un escrito a la empresa concesionaria que en el caso de no ser atendido en un tiempo prudencial, se convierte en un escrito de demanda juducial.
Ya veo que en Segur de Calafell, hay diversos enfrentamientos entre los amarristas, el consistorio y la empresa concesionaria. Más de lo mismo.
No apetece tomar nada...!
