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Antiguo 15-10-2010, 00:34
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Pirata pata palo
 
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Predeterminado Re: Botiquín obligatorio, ayuda

Cita:
Originalmente publicado por BORRASCA Ver mensaje
B..O.E 24 Febrero 1999
REAL DECRETO 258/1999, de 12 de febrero,
por el que se establecen condiciones mínimas
sobre la protección de la salud y la asistencia
médica de los trabajadores del mar.
Lo puedes bajar de la pagina del BOE
No lo entiendo. He leido el principio del RD y en el ambito de aplicación se excluye expresamente a las embarcaciones de recreo.
"Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. El presente Real Decreto será de aplicación a
toda embarcación debidamente registrada o abanderada
en España, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante, que realice
navegación marítima o pesquera con exclusión de:
a) La navegación fluvial.
b) Los buques de guerra.
c) Las embarcaciones de recreo utilizadas para fines
no comerciales que no dispongan de una tripulación profesional,
y
d) Los remolcadores que naveguen en la zona portuaria."


Debe de haber otro RD o normativa que afecte directamente a las embarcaciones de recreo.
Saludos
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Miembro de Cofrades de Tarragona de La Taberna del Puerto
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