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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas tardes cofrades, una ronda de Ron para todos
No he visto ningún hilo abierto aqui sobre las consecuencias para nosotros, los navegantes, de la prohibición de fondear en la reserva de Tabarca publicada en el BOE de 7/02/2019 Esto nos limitará a los navegantes de la zona un excelente sitio de travesía y fondeo donde disfrutar de un buen baño y unas noches espectaculares. No brindo con la noticia ![]() ![]() |
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sergiuni (12-09-2020) | ||
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#2
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Lo he estado leyendo un poco por encima y efectivamente prohíbe el fondeo o yo lo entiendo así. No se si se refiere solo al área de la reserva integral o a toda la isla. Luego lo leo con más calma. Pero si es así mal pinta. Todo por y para las tabaqueras.... hace poco publicaron que querían poner un campo de boyas ...mal pinta
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#3
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Esa duda tenía yo, pero las coordenadas que reseña el BOE comprende toda la Reserva
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#4
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Lo mas seguro que pongan boyas llegando la temporada......o eso espero, pero segurisimo que seran de pago como en Formentera u otros sitios.....una pena la restriccion
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#5
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Pero esta publicación se refiere a la normativa pesquera exclusivamente, tanto de barcos como buceadores y pesca submarina, no he leído ni en sus mapas ni planos dice nada de fondos de particulares creo, no? O estoy leyendo otra???
Enlace al boe??? Gracias La pena es que finalmente se prohibirá fondear a los privados que somos los más perjudiciales, malvados, horribles y mal marineros, poco ecologistas y en definitiva unos gilipollas por aguantar todas estas tonterías!!! Y que conste que estoy de acuerdo con un uso razonable y racional de los recursos, pero con cabeza por parte de todos!! Un copazo de ron para estas horas!!! |
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#6
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El enlace es éste:
https://www.boe.es/boe/dias/2019/02/...-2019-1680.pdf Y efectivamente, el art. 6.1 prohibe el fondeo en toda la reserva marina. Ya veremos qué dicen los restaurantes que hacían buen negocio con los barcos de recreo que fondeaban en la costa norte de la isla...
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#7
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Se veía venir...yo estuve la primera vez en Tabarca, fondeado en el año 1986 a finales del mes de julio de aquel año, y recuerdo que ya habia barcos, y habia gente, turistas, pero no muchos ni de unos ni de otros, nada comparable a lo visto cuando estuve en el 2014 en agosto que me quede escandalizado de la cantidad brutal de barcos que vi por alli fondeados abarloados unos a otros, en fin, la isla llena a reventar de gente, colas en restaurantes para comer de mas de una hora, en algunos ya te decian que tenian gente hasta el cierre de la cocina...brutal...no me quedaron ganas de volver alli...
Creo sinceramente sin entrar en la ocupacion de los meses de invierno, que para esos meses de verano deberia regularse un cupo diario de Barcos y un cupo diario de visitantes en tabarqueras para preservar el encanto que tiene Tabarca que a mi con 15 años me pareció mágico... Las prohibiciones no llevan a ninguna parte, el camino es que lo regulen bien para que se preserve la belleza de Tabarca pero que pueda seguir siendo destino de visitantes y de navegantes... ![]()
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... |
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Sagitario (09-03-2019) | ||
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#8
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Una ronda para todos,
![]() ![]() , no soy ningún experto pero yo entiendo que esta Orden claramente no afecta a las zonas tradicionales de fondeo en Tabarca. La reserva de Tabarca a efectos administrativos y desde su propia creación está dividida en 2 partes separadas por la la linea de base recta que pasa por la Punta Falcón al este de Tabarca, esta linea separa lo que son aguas interiores de aguas exteriores y sirve para medir el origen del mar territorial, esta misma linea es la que separa también las competencias administrativas de la reserva, las aguas interiores competen a la Generalitat y las exteriores al Estado. Refiriéndome a la disposición en cuestión del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación (Gobierno del Estado, con competencias en las aguas exteriores de la reserva) si vamos al punto 2 del articulo 1, lo deja claro al referirse al ámbito de aplicación: “De acuerdo con el artículo 13 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, se establece la reserva marina de la isla de Tabarca que abarca las aguas exteriores contenidas dentro del área comprendida entre los puntos siguientes (cuya cartografía se refleja en el anexo I): A: 38º 09,550’ N; 000º 24,530’ W. B: 38º 08,223’ N; 000º 25,054’ W. C: 38º 10,860’ N; 000º 29,710’ W. D: 38º 09,560’ N; 000º 30,222’ W Deja claro que solo afecta a las aguas exteriores de la reserva, no a toda la reserva, en el plano de la disposición marca claramente la totalidad de la reserva por los puntos A, B, C, D, La linea de base recta (LBR) en color magenta y sombreado en verde las aguas exteriores que es el ámbito de aplicación. |
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MINIMUI (13-02-2019) | ||
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#9
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Está claro que cada vez hay mas barcos fondeados en época estival, pero es curioso que no se regule la entrada de turistas en la isla, esas hordas de miles y miles de turistas que llegan cada año a bordo de las "tabarqueras" y que por supuesto hacen muchísimo mas daño a los fondos marinos aledaños a Tabarca que los barcos fondeados.
Pero el turismo aporta mucho dinerito..., lo de siempre. ![]() |
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#10
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Yo también hice unas averiguaciones y, en principio, las autoridades si conocen la publicación del BOE pero no tienen instrucciones.
Pues entonces... mas de lo mismo: Nueva ley, mas prohibiciones y aquí todos a interpretar y a creer que es lo que se debe/puede hacer. Cansa. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a MINIMUI | ||
Sagitario (09-03-2019) | ||
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#11
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Cita:
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#12
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Cita:
![]() Lo veo muy claro en la carta de la reserva que se acompaña en el mismo BOE |
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#13
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Lo importante es como lo interprete el GC de turno, que ya sabemos todos como lo va hacer y luego a reclamar al maestro armero.
Cambiar todo para que nada cambie. ![]()
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Me lo contaron y lo olvidé, lo vi y lo aprendí, lo hice y lo entendí
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#14
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https://www.diarioinformacion.com/el...a/2125760.html
Ni las motos de agua se pueden acercar a la isla. |
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#15
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Desgraciadamente confirmado. Una nota oficial del ministerio de Pesca del 4 de Marzo lo aclara. Ni fondear ni motos de agua ni nada de nada, ni en invierno ni en verano
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#16
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Me he dado cuenta de que ya figuran como zonas de fondeo prohibido estos fondeaderos muy cotizados:
En el W, partes de Cala d'hort, Cala vedella, Cala Bassa, Cala Salada. En el N, Benirrás y portinatx. E la zona E, Cala Talamanca. Y en el S, Porroig y alguna parte de es Jondal. En Formentera, Espalmador y Calo de s'oli. Como veis solo han quitado los mas emblemáticos, Os aviso para que ya vayáis adaptando los recorridos en vuestras travesías primaverales y veraniegas. No os vayáis sin estar avisados y os llevéis un "alpargatazo" en el bolsillo a cuenta de los que gobiernan. https://www.iberley.es/legislacion/d...lears-25971371
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MMSI: 225000180
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| 3 Cofrades agradecieron a FLAMINGO este mensaje: | ||
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#17
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Donde aparecen los nombres de esas calas .....
Ssaludos |
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#18
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De momento yo no veo los cambios... no?
Disposición transitoria segunda Fondeo provisional en las praderas a regular Hasta que no dispongan de instalaciones de fondeos de bajo impacto, en las praderas catalogadas como praderas a regular se podrá fondear únicamente en las zonas de arena. Disposición transitoria cuarta Puntos de fondeo autorizados sobre posidonia Los campos de boyas y puntos de fondeo autorizados sobre la posidonia existentes en el momento de la entrada en vigor de este decreto, en el ámbito al que se refiere el artículo 1.3 de este decreto, dispondrán de un plazo de dos años para acreditar, mediante una declaración responsable, que se adecuan a las condiciones establecidas en el artículo 8.3 g de este decreto. Esta declaración se presentará a las direcciones generales de Espacios Naturales y Biodiversidad y de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y a la Demarcación de Costas en las Illes Balears. |
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#19
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Pues descargando el documento PDF adjunto en el enlace que has puesto, aparecen tres enlaces donde se supone que se puede consultar la cartografía. El primero no funciona, el segundo no refleja nada en relación a las calas que comentas y en el tercer enlace, http://dgrechid.caib.es/www/ajuda_fo...visor/ca.html# , seleccionando algunas de las calas mencionadas, en Cala Vadella, por ejemplo, hay zonas donde indica que no se puede fondear sobre la posidonia y otras en las que indica que fondees sobre arena. En Cala Salada indica que no hay datos.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Joanet78 | ||
El Toro (03-03-2019) | ||
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#20
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Yo creo que lo único que de momento está prohibido es spalmador y cala de soil.
Es un absoluto desastre la regulación balear y su gestión. Al final nadie sabe ni la hora q es. El año pasado bajo ya bastante el público y yo creo q cada vez irá a menos. Desde luego se están cubriendo de gloria. Espantan el turismo náutico y crece el turismo de pastilla y discoteca. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Jolife | ||
Me262a (04-03-2019) | ||
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#21
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#22
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¿Está prohibido el fondeo, pero hay boyas donde amarrarse o simplemente no
se puede estar con el barco en esas calas?. Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#23
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Buenos días Cofrades:
Soy nuevo por estos lares, sea una rondita ![]() Frente a la costa de Sur de Valencia ha habido siempre enormes praderas, y sin ser sitio habitual de fondeo de veleros, poco a poco ha desaparecido en los últimos 20 años. ¿La contaminación de los emisarios no tendrá algo que ver ? |
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#24
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Siguiendo con el tema de los fondeos para este verano me ha salido La BOE de 7/02/2019, al final no se donde podremos fondear, por lo menos si hicieran como en Columbretes que no se puede fondear pero tenemos unas 15 boyas para amarrarnos y casi siempre hay sitio. por Columbretes
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MMSI: 225000180
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#25
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Varios cofrantes me habéis preguntado por privado sobre la legislación os dejo el link donde lo indica todo incluso las especies especialmente protegidas.
https://www.boe.es/eli/es/o/2019/01/23/apa102
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Ver todos los foros en uno |
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