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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Saludos mañaneros cofrades y que corran unas rondas por mi cuenta
A ver si alguien puede despejar mis dudas. ¿se puede hacer charter con un barco de la lista 7ª? ![]()
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Cuida de los pequeños gastos; un pequeño agujero hunde un barco |
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#2
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Estimado tabernario:
No leete el seguro de tu embarcación, entre otras muchas cosas, tambien seria interesante, que se lo preguntaras a alguien de la AEAT, o a algun asesor fiscal. Para eso esta la lista 6º Se te puede caer el pelo, a mas de la que te puede dar Hacienda manolo g. ..............en 7º lejos de la mar .
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Brother de la costa
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#3
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Como te comenta "Manolo" es ilegal... hay quien lo hace, yo sé de algunos casos, pero esporádicamente, sin contratos, a gente más o menos conocidad, etc... pero si te pillan se te va a caer el pelo!!!! Salud!!! |
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#4
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hola a todos
unas birritas o vermouth y unas rabas, que es la hora... intuyo que el problema te venga por hacienda ya que realizas una actividad economica sin darte de alta igual que el que pone ladrillos sin estar declarado o el fontanero, "pirata" o tantos y tantos oficios-no declarantes oficialmente no cometes falta de navegacion.... (bueno eso creo) solo es una falta economica- fraude, con lo que ello implica obviamente si lo haces.... sin facturas y con conocidos... sino... ya sabes pasarlo a 6ª y montarte la empresita consiguinte saludos |
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#5
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NO,NO
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-No por mucho tempranar amanece mas madrugo
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#6
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Cita:
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Soplen serenas las brisas, ruja amenaza la ola... (aunque D. José María escribiera "amenazas" a mi me gusta más así) |
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#7
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A efecto fiscales, la lista sexta es un beneficio que si quieres lo tomas y si no lo dejas.
A efectos nauticos, la lista 6ª te obliga a cumplir unos requisitos que hacen que capitanía te permita ceder al barco a terceros. Los seguros solo cubren alquiler de lista 7ª por cumplr esos requisitos. La respuesta es: Sí puedes alquilar una barco en lista 6ª. Aunque el seguro no te cubrirá por lo que responderás con tu parimonio. Tus clientes o el estado a través de la fiscalía te podrían exigir responsabilidades por irresponsable. Si declaras o no tus ingresos con hacienda o si te das de alta con el 037 o 036 es question de una simple infracción administrativa (salvo qe tus ingresos sean muy altos y encajes en el tipo penal que es dejar de ingresar en hacienda masde 120.000 euros). Editado por krusky en 07-01-2008 a las 17:27. |
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