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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas noches, primero unas birritas para todos que siempre son bienvenidas,
dado que voy a consultar una duda que considero de tema legal, aprovecho tambien para decir que soy nuevo aquí, de Cartagena, estudiante en la misma ciudad. La duda es la siguiente, he intentado consultarlo e informarme, pero creo que es conveniente dirigirme a la fuente, os cuento. Estoy ahora mismo "restaurando", mas que nada en este caso reparando o poniendo al día, una lancha Bayliner 2052 de 1990 mas o menos 2 o 3 años, los papeles aún están en el último cajón. Ha estado parada 20 años y ha recibido su nueva capita de pintura, un rediseño azul y blanco que le ha quitado 10 años, he reparado el cableado (a las ratas les encantan los cables) y yo mismo me he dedicado a repasar el motor, culatas fuera, colectores fuera, y todo a la inversa, líquidos, correas,... lleva un Mercruiser V8 5.0L (305CID) bien majete, arranca al pelo y ronronea redondo como un gatito aparte de algun "taqueteo" sin solventar aún (estamos en ello). El caso, explicado el contexto voy al grano. El barco procede de Alemania, osea ha estado funcionando ahí y se trajo aquí alrededor del 96/97. Desconozco ahora mismo de si está matriculado ahi aún, afirmaría al 99% que no. Para "darlo de alta" o "matricularlo" aquí en Cartagena, y poder navegarlo, ¿que trámites he de formalizar? ¿Tengo que llevar el barco a algún lado a que lo revisen por tema de seguridad? ¿Me recomendáis directamente dirigirme a marinería para informarme? Agradecería que me pudieses "echar un cabo". Un cordial saludo!! ![]() |
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#2
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¿de que documentacion dispones?
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#3
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Lo primero que tienes que saber es si el barco está o no de alta en Alemania, si dispones de la antigua documentación eso no es excesivamente difícil. Para mantener la bandera alemana necesitarías tener un domicilio en ese país.
Luego, si la quieres matricular en España, necesitarás el contrato de compraventa, la baja del país de procedencia y, si este modelo no está entre los que figuran como homologados en DGMM antes de la entrada en vigor de la obligación de disponer de marcado CE, necesitarás un proyecto de abanderamiento hecho por un ingeniero naval, además, tienes que pagar el impuesto de transmisiones y el impuesto de matriculación si la embarcación mide más de 8 metros u obtener la declaración de exención del mismo si es de menor eslora. Otras opciones son recurrir a bandera belga u holandesa, cuya tramitación es bastante más sencilla y barata. ![]() ![]() salud!!! |
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#4
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El barco no esta dado de baja, confirmado hoy, de la documentación dispongo, nos interesa matricularlo en España dado que no disponemos de domicilio en Alemania. El contrato compraventa dudo que esté dado que se compró hará por el 92 o asi, la baja aún no esta dada pero no es problema, un par de llamadas. Si está en el registro homologado ahora mismo no lo se, ¿como puedo consultar eso?
Y no, mide unos 20 pie, poco mas de 6 metros de eslora. ¿Se puede matricular bajo bandera holandesa o belga de forma remota, y sin domicilio ahí? Gracias por la respuesta! Saludos! ![]() |
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#5
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Cita:
No sólo se puede matricular bajo bandera belga u holandesa, sino que así te ahorrarás un montón de quebraderos de cabeza con nuestra querida Administración. Además, en el caso de la bandera belga, el trámite lo puedes hacer tú mismo. En el caso de la holandesa necesitas un corresponsal en el país.Mira este enlace, donde tengo una guía de traḿites para el abanderamiento en Bélgica: http://foro.latabernadelpuerto.com//...&postcount=132 En todo caso, necesitarás darlo de baja previamente en el registro alemán, y es ahí donde no te puedo ayudar. Por otra parte, tanto para darlo de alta en el registro belga como en el español necesitarás un contrato de compraventa, como bien dice el cofrade Jadarvi. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#6
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Buenas! Gracias por la respuesta, respecto a lo del contrato de compra-venta, mi padre se lo compró a un amigo allá por el 92/93, en caso de que hiciesen un contrato de compra-venta dudo que existiese a dia de hoy (xDDD hace muchos años de eso ya), de ser así, ¿como esquivo esto?
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#7
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He ido a la marineria a informarme y básicamente me piden:
-Baja en Alemania, traducida jurídicamente. -Contrato compra-venta. -Dos formularios con tasas, uno de 18,33€ y otro sobre unos 600€, y digo sobre porque es eslora*manga*22€ y no lo he calculado solo he mirado un ejemplo. -Exención o no de impuestos por parte de Hacienda (tengo que ir a Hacienda) Visto el papeleo y las tasas, si lo abandero en Bélgica u Holanda, ¿no voy a tener problemas en navegar por aquí? Lo digo porque por ejemplo los coches están obligados a matricularse en el país de importación después de un periodo de tiempo. Un saludo y muchas ! |
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#8
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Cita:
Teóricamente, si matriculas en Bélgica u Holanda, también tendrías que pagar la T0 o puede ocurrir que te la liquiden antes o después por parte de la Autoridad portuaria. Para el tema de circular tranquilamente por aquí, lo que tendrías que hacer es pagar el ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales) si no se pagó en su día y también obtener un certificado de exención del impuesto de matriculación por medir el barco menos de ocho metros. Y así podrás navegar tranquilo. ![]() ![]() salud!!! |
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