![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#1
|
||||
|
||||
|
Buenos días:
Las leyes holandesas no obligan a pintar en el casco el nº de registro (lógico, teniendo en cuenta que ni siquiera es obligatorio registrar el barco en Holanda). Pero lo que me pregunto es si alguien se ha topado alguna vez o ha tenido noticias de alguien que se haya topado con algún guardia civil o agente de aduanas que, desconociendo la Ley, haya exigido que se pinte el número visible en el barco o que haya denunciado por no llevarlo. ¿Alguien conoce algún caso? Muchas gracias de antemano. |
|
#2
|
||||
|
||||
|
.........
Editado por whitecast en 27-03-2017 a las 18:15. Razón: leí mal la pregunta |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Nombre y Puerto está claro...
Pero parece que Capitan Drake pregunta por el Nº de registro. ![]() |
|
#4
|
||||
|
||||
![]() ![]() Cita:
![]() ha leido mal la pregunta |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Nombre del barco y puerto base reflejado en la documentacion holandesa, en popa.
![]() ![]()
__________________
. Slava Ukrayini!.
|
|
#6
|
||||
|
||||
|
Cita:
Yo, por si acaso, llevo a bordo un extracto de la reglamentación belga relativa a material obligatorio, marcado, etc. Y también llevo copia del famoso artículo 10.2 del código civil español. Mejor prevenir que curar... Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
|
#7
|
||||
|
||||
|
Cita:
Hola Apagapenol: ¿Llevas un segundo juego de respeto?. Salud y ![]()
__________________
![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a El Temido II | ||
Juanitu (16-04-2017) | ||
|
#8
|
||||
|
||||
|
Cita:
Está en francés... Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
|
#9
|
||||
|
||||
|
Cita:
si llevabas "un segundo juego de respeto", se me pasó poner "velas". En realidad debería haber puesto: "llevas un segundo juego de velas de respeto". Salud y ![]()
__________________
![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
|
#10
|
||||
|
||||
|
Saludos y rondas. Creo que la guardia civil no puede meterse con eso, ni pedir que enseñes el equipo de seguridad ni nada. Únicamente si eres Español, debes presentar el título que te habilite para estar en la zona donde te paren. El resto no es competencia suya.
Me siento a escuchar. Ronda a mi cuenta. Saludos. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a alber | ||
norin (30-03-2017) | ||
|
#11
|
||||
|
||||
|
Cita:
La norma no dice en ningún caso que el juego de velas al que se hace referencia tenga que ser adicional. ![]() Y, de acuerdo con la norma, claro que llevo un juego de velas completo. ![]() Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
|
#12
|
||||
|
||||
|
Cita:
Yo tengo esa documentación como recordatorio. Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
|
#13
|
||||
|
||||
|
Cita:
Hola cofrade, mandame copias de las dos cosas, mi correo ya lo conoces. ![]() ![]() ![]() ![]()
__________________
. Slava Ukrayini!.
|
|
#14
|
||||
|
||||
|
Cita:
Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
|
#15
|
||||
|
||||
|
__________________
. Slava Ukrayini!.
|
|
#16
|
||||
|
||||
|
Cita:
También el RD 246/1991 del 22 de febrero del Servicio Marítimo de la Guardia Civil. Para profundizar algo más en el tema , recomiendo " La Mar nunca está en calma"; documento que analiza la seguridad marítima en España y realizado por El Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional. Todo ello se encuentra fácil con la ayuda de san Google. No pongo links por tener últimamente problemas para colgarlos. Espero sea del interés de alguno y sobre todo ayude a aclarar sobre las competencias de nuestros cuerpos de seguridad. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a scampolo | ||
markuay (28-03-2017) | ||
|
#17
|
||||
|
||||
|
Cita:
Agradezco y admiro tu dedicación para aclarar y facilitar a muchos cofrades los trámites para abanderar en Bélgica . También me sorprende que sea cualesquiera, el hilo que se abra terminamos hablando del pabellón susodicho. Debe ser la querencia... La realidad es que ante la norma de seguridad de referencia , respecto al tema de juego de velas completo de respeto ,si o no.? Como me generó dudas su interpretación, me puse en contacto con autoridad Belga para estas tramitaciones y por escrito, respondieron que ; es necesario juego de velas completo de respeto a bordo , dándome la opción de guardar las viejas , una vez las cambiara , como solución. Esta respuesta la tengo por escrito y no caben interpretaciones varias . Podría ampliarte esa información, por privados , para no publicar nada que se envía a mí sin aviso , por mi parte, de divulgación en un foro. Editado por scampolo en 28-03-2017 a las 22:14. Razón: Ortografía, comas y demás cosas por el estilo |
|
#18
|
||||
|
||||
|
leyendo asi muy por encima, no veo nada destacable que contradiga lo expresado aqui.
Tampoco le doy mayor importancia. ![]() ![]()
__________________
. Slava Ukrayini!.
|
|
#19
|
||||
|
||||
|
Cita:
Se trata de que un grupo muy numeroso de cofrades interpreta que no es necesario llevar como elemento de seguridad un juego completo de velas , caso de ir con pabellón belga, y algún otro no ( creo que tan solo yo) ![]() Para aclararlo, solicito información a quienes están tramitando este tema y me responden que es necesario llevar juego completo de velas como material de seguridad , además del propio al uso del barco . Que sea o no importante , o de mucho interés llevarlo o no , no es lo que se plantea . Personalmente no me parece una tontería , además, el exigirlo. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a scampolo | ||
Sanmi (16-04-2017) | ||
|
#20
|
||||
|
||||
|
Seguramente partimos de la base de que hasta la pregunta esta mal formulada ya que aquí no estamos hablando de veleros, sino de motoveleros que es la definición correcta.
Obsesiones vélicas aparte, aquí la duda que se planteaba creo que era si se pone o no, el número de registro en las amuras de un barco Holandés, nada que ver con abanderamientos o materiales de seguridad en barcos belgas. Ya he dejado claro, que no me preocupa lo mas minimo el tema de la veleria,aun asi, igual me lo apunto en mi lista de cosas a llevar cuando tenga que navegar por aguas belgas. Un amigo mio y cofrade de esta taberna ha abanderado su tornado 25 hace escasamente dos meses sin ningún tipo de jarcia ni palo, preguntó en Belgica si se podía hacer y le contestaron que sin problemas, además ya lo gestiono telemáticamente con sus fotos sin palo incluidas. Le preguntaré y si no le importa colgaré fotos porque además queda muy chulo. ![]()
__________________
. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 29-03-2017 a las 09:16. |
|
#21
|
||||
|
||||
|
Buenos días cofrade scampolo:
Te contesto debajo de cada una de las cuestiones que ha suscitado. Cita:
![]() ![]() Cita:
Cita:
En todo caso, aunque no tengo un juego completo, sí tengo suficientes velas a bordo como para no quedarme sin gobierno si se me rifara una... y además tengo el motor. ![]() Cita:
Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 31-03-2017 a las 08:25. |
|
#22
|
||||
|
||||
|
Cita:
CAPÍTULO X DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES POR DEMANDA DE NULIDAD, SEPARACIÓN Y DIVORCIO Artículo 102 Admitida la demanda de nulidad, separación o divorcio, se producen, por ministerio de la Ley, los efectos siguientes: 1.º Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal. 2.º Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro. Asimismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica. A estos efectos, cualquiera de las partes podrá instar la oportuna anotación en el Registro Civil y, en su caso, en los de la Propiedad y Mercantil. Artículo 102 redactado por Ley 30/1981, 7 julio («B.O.E.» 20 julio), por la que se modifica la regulación del matrimonio en el Código Civil y se determina el procedimiento a seguir en las causas de nulidad, separación y divorcio. ![]() ![]() ![]() ![]() ![]()
__________________
. Slava Ukrayini!.
|
|
#23
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
|
#24
|
||||
|
||||
|
Éste:
"Artículo 10. [...] 2. Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otras medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen." ![]() ![]() ![]() Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
|
#25
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() ![]() ![]() ![]() ![]()
__________________
. Slava Ukrayini!.
|
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|