![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#1
|
||||
|
||||
|
Hola, quiero saber que hay que hacer para pasar de 7ª a 6ª. Para solo costear, digamos 2 millas.
Cuales son los requisitos? Hay que sacar el barco a varadero? Cuánto cuesta el trámite? Que otras cosas hay que tener en cuenta? Gracias.
__________________
Mi aventura rodeando la península en solitario: http://veleroskorpyo.blogspot.com/ |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Creo que lo primero que tienes que tener en cuenta y creo que por la forma de preguntar no lo has tenido, es sencillamente que tienes que tener una actividad profesional con licencia fiscal para el alquiler de embarcaciones deportivas, y sino pagas autonomos porque eres una persona asalariada de alguna otra actividad, pues tendrias que pasar por ese aro...........
Desconozco si tienes intencion de ponerlo en lista por alguna razon concreta pero creo que piensas que la decision de cambiar de lista un barco es como decidirse si uno se pone una camisa o un jersey........... Tener lista 6ª es porque uno tiene una actividad o se va a dedicar profesionalmente a ello........... ![]() |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Cita:
Vale, alguien sabe si tengo que sacarlo a varadero, o dependiendo de las millas que lo trabaje no hace falta?
__________________
Mi aventura rodeando la península en solitario: http://veleroskorpyo.blogspot.com/ |
|
#4
|
||||
|
||||
|
Tiene que pasar una inspección.
Es uno de los tres supuestos para los que el R. D. 1434/1999 (después de la modificación de 2010)obliga a hacer un 'Reconocimiento adicional'. ![]() |
|
#5
|
||||
|
||||
|
lo borro
Editado por Mateando en 11-09-2017 a las 19:10. Razón: por haberlo duplicado |
|
#6
|
||||
|
||||
|
Espero no incordiar metiendo este tema aquí:
¿qué pasa al revés, si compras un barco en lista sexta y lo quieres usar como particular? En este blog dicen que si has pagado el impuesto de matriculación puedes utilizarlo como particular, la ley no lo prohibe: http://blog.nautal.es/puedo-usar-mi-...el-particular/ Un saludo ![]()
__________________
"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
|
#7
|
||||
|
||||
|
Cita:
Artículo 3 Tipos de reconocimientos Reconocimientos adicionales. Será obligatoria la realización de reconocimientos adicionales, en los supuestos siguientes:
Saludos y ![]() ![]() ![]() |
|
#8
|
||||
|
||||
|
Tal vez no me he explicado bien al pedir información aunque creo que fuí bastante conciso. Ya sé que necesito hacer una inspección, ya sé que debo darme de alta en una actividad. Lo que pregunto es: EN QUE CONSTA LA INSPECCIÓN? para 2 millas lista 6ª? que te piden? que te ven? etc...hay alguien que sepa del tema? algún inspector o algo así???
__________________
Mi aventura rodeando la península en solitario: http://veleroskorpyo.blogspot.com/ |
|
#9
|
|
|
Cita:
Todo lo demás, alta en censo de actividades económicas, autónomo o empresa, etc... sólo lo necesitas para iniciar la actividad de chárter, pero no para cambiar de lista. ![]() ![]() salud!! |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|