La Taberna del Puerto Smartsails
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

Responder
 
Herramientas Estilo
  #1  
Antiguo 17-04-2018, 16:46
Avatar de Cozumel Reefs
Cozumel Reefs Cozumel Reefs esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 24-07-2013
Mensajes: 181
Agradecimientos que ha otorgado: 146
Recibió 81 Agradecimientos en 49 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Residencia en barco con bandera extranjera en puerto español

Hola
igual ya ha salido el tema, me planteo si es posible y legal tener la residencia oficial y fiscal en tu propia embarcación y poder vivir dentro de el sin tener residencia en ninguna vivienda de ningun pais y poder vijar con el barco sin limitaciones
¿es posible sea la bandera que sea del barco?¿hace falta alguna nacionalidad asociada a la bandera?
En caso afirmativo que problemas habria con España u otro pais según derecho, limitación de estancia, visados, fiscal, propiedades, etc
Gracias
Citar y responder
  #2  
Antiguo 17-04-2018, 19:42
Avatar de Diegus
Diegus Diegus esta desconectado
Pirata
 
Registrado: 01-04-2016
Localización: Malaga
Edad: 55
Mensajes: 128
Agradecimientos que ha otorgado: 10
Recibió 59 Agradecimientos en 39 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Residencia en barco con bandera extranjera en puerto español

En el caso de que sea barco bandera española y estés en un puerto nacional sí que es posible, poniendo la dirección de tu capitanía correspondiente.
Lo tendrás que hablar primero con ellos y que te den el visto bueno.
Yo conozco gente que vive así...

Lo que no entiendo es cómo hace la gente con barco bandera extranjera, que también los hay.
Qué domicilio fiscal ponen. ???

Supongo que tendrán algún familiar en otro país o algún chanchullo.
__________________
Saludos
Citar y responder
  #3  
Antiguo 17-04-2018, 20:33
Avatar de Cozumel Reefs
Cozumel Reefs Cozumel Reefs esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 24-07-2013
Mensajes: 181
Agradecimientos que ha otorgado: 146
Recibió 81 Agradecimientos en 49 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Residencia en barco con bandera extranjera en puerto español

Cita:
Originalmente publicado por Diegus Ver mensaje
En el caso de que sea barco bandera española y estés en un puerto nacional sí que es posible, poniendo la dirección de tu capitanía correspondiente.
Lo tendrás que hablar primero con ellos y que te den el visto bueno.
Yo conozco gente que vive así...

Lo que no entiendo es cómo hace la gente con barco bandera extranjera, que también los hay.
Qué domicilio fiscal ponen. ???

Supongo que tendrán algún familiar en otro país o algún chanchullo.
Por ley, la residencia fiscal de un español fuera de España, es si pasas mas de 165 dias al año, si pasas aqui por ley eres residente fiscal español.
Yo creo que si logras residencia en otro pais e incluso pasaporte de "conveniencia" y eres extranjero viviendo en España, sin ser residente ni fisico ni fiscal, tributas al tipo fijo de no residentes un 25% de las propiedades que compres, rentas etc.
Lo ideal seria ser un turista eterno, tener barco de bandera extranjera en puerto español, degravar IVA, no tener que pagar nada mas y estar protegido frente a impuestos y absurdas leyes españolas incluso con domicilio inviolable
Citar y responder
  #4  
Antiguo 17-04-2018, 20:57
Avatar de rasra
rasra rasra esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 23-11-2008
Localización: mediterraneo
Edad: 72
Mensajes: 1,337
Agradecimientos que ha otorgado: 71
Recibió 220 Agradecimientos en 167 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Residencia en barco con bandera extranjera en puerto español

Y despues pedir una pension no contributiva y seguir navegando

Roncito para todos
Citar y responder
  #5  
Antiguo 17-04-2018, 21:45
Avatar de Noruego
Noruego Noruego esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 06-05-2016
Localización: Noruega
Edad: 59
Mensajes: 334
Agradecimientos que ha otorgado: 34
Recibió 126 Agradecimientos en 83 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Residencia en barco con bandera extranjera en puerto español

Cita:
Originalmente publicado por Cozumel Reefs Ver mensaje
Por ley, la residencia fiscal de un español fuera de España, es si pasas mas de 165 dias al año, si pasas aqui por ley eres residente fiscal español.
Yo creo que si logras residencia en otro pais e incluso pasaporte de "conveniencia" y eres extranjero viviendo en España, sin ser residente ni fisico ni fiscal, tributas al tipo fijo de no residentes un 25% de las propiedades que compres, rentas etc.
Lo ideal seria ser un turista eterno, tener barco de bandera extranjera en puerto español, degravar IVA, no tener que pagar nada mas y estar protegido frente a impuestos y absurdas leyes españolas incluso con domicilio inviolable
Bueno ...por partes..
Un extranjero o espanol residente en el extranjero puede tener su barco en la U.E. 18 meses y despues Tienes Q salir ...y volver a entrar si quieres
Desgravar el iva ...si los productos te los llevas al pais de RESIDENCIA y en su emballasje ...no vale utilizarlos en Espana....y corres el riesgo de tener Q pagar el iva en tu pais d RESIDENCIA...
Citar y responder
  #6  
Antiguo 17-04-2018, 23:30
Avatar de MORROCOY
MORROCOY MORROCOY esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 26-07-2007
Localización: Caribe sur
Edad: 69
Mensajes: 509
Agradecimientos que ha otorgado: 204
Recibió 107 Agradecimientos en 76 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Residencia en barco con bandera extranjera en puerto español

Cita:
Originalmente publicado por rasra Ver mensaje
Y despues pedir una pension no contributiva y seguir navegando

Roncito para todos


Y que ademàs te cubran todos los gastos medicos



.
Citar y responder
  #7  
Antiguo 18-04-2018, 00:06
Avatar de Cozumel Reefs
Cozumel Reefs Cozumel Reefs esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 24-07-2013
Mensajes: 181
Agradecimientos que ha otorgado: 146
Recibió 81 Agradecimientos en 49 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Residencia en barco con bandera extranjera en puerto español

Ed. Atarip: Agresividad y malos modos contra otros usuarios

Editado por Atarip en 18-04-2018 a las 09:16.
Citar y responder
  #8  
Antiguo 19-04-2018, 21:37
Avatar de kuovadix
kuovadix kuovadix esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 01-02-2010
Mensajes: 1,619
Agradecimientos que ha otorgado: 289
Recibió 1,432 Agradecimientos en 486 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Residencia en barco con bandera extranjera en puerto español

En el caso que planteas, respecto a ti hay que aplicar el Código Civil y por tanto tu tienes nacionalidad española y estas en territorio español, a partir de ahí tienes que realizar los trámites que sean preceptivos en la capitanía correspondiente, si lo permiten (que no en todas se permite). En cuanto al barco, es un bien de tu propiedad pero registrado en otro país, por lo tanto no le es aplicable la legislación española, si no la del país de registro. El bien registrado en otro país está en España porque hay libertad de tránsito entre paises de la UE, y así mismo se le aplica la legislación marítima. Con lo cual puede estar por tiempo indefinido en puerto base en España. La residencia de un español en un bien de su propiedad registrado en un país extrajero pero de la UE, y que está legalmente en España, es irrelevante.

Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a kuovadix
Cozumel Reefs (19-04-2018)
  #9  
Antiguo 19-04-2018, 21:48
Avatar de kuovadix
kuovadix kuovadix esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 01-02-2010
Mensajes: 1,619
Agradecimientos que ha otorgado: 289
Recibió 1,432 Agradecimientos en 486 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Residencia en barco con bandera extranjera en puerto español

En el caso que planteas, respecto a ti hay que aplicar el Código Civil y por tanto tu tienes nacionalidad española y estas en territorio español, a partir de ahí tienes que realizar los trámites que sean preceptivos en la capitanía correspondiente, si lo permiten (que no en todas se permite). En cuanto al barco, es un bien de tu propiedad pero registrado en otro país, por lo tanto no le es aplicable la legislación española, si no la del país de registro. El bien registrado en otro país está en España porque hay libertad de tránsito entre paises de la UE, y así mismo se le aplica la legislación marítima. Con lo cual puede estar por tiempo indefinido en puerto base en España. La residencia de un español en un bien de su propiedad registrado en un país extrajero pero de la UE, y que está legalmente en España, es irrelevante.

Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a kuovadix
Cozumel Reefs (19-04-2018)
  #10  
Antiguo 19-04-2018, 22:23
Avatar de Cozumel Reefs
Cozumel Reefs Cozumel Reefs esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 24-07-2013
Mensajes: 181
Agradecimientos que ha otorgado: 146
Recibió 81 Agradecimientos en 49 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Residencia en barco con bandera extranjera en puerto español

Cita:
Originalmente publicado por kuovadix Ver mensaje
En el caso que planteas, respecto a ti hay que aplicar el Código Civil y por tanto tu tienes nacionalidad española y estas en territorio español, a partir de ahí tienes que realizar los trámites que sean preceptivos en la capitanía correspondiente, si lo permiten (que no en todas se permite). En cuanto al barco, es un bien de tu propiedad pero registrado en otro país, por lo tanto no le es aplicable la legislación española, si no la del país de registro. El bien registrado en otro país está en España porque hay libertad de tránsito entre paises de la UE, y así mismo se le aplica la legislación marítima. Con lo cual puede estar por tiempo indefinido en puerto base en España. La residencia de un español en un bien de su propiedad registrado en un país extrajero pero de la UE, y que está legalmente en España, es irrelevante.

Muchas gracias
a eso me referia a las repercusiones civiles, legales etc.
[COLOR=inherit !important]


#s3gt_translate_tooltip_mini { display: none !important; }
[/color]

Editado por Cozumel Reefs en 20-04-2018 a las 11:15.
Citar y responder
Responder Ver todos los foros en uno

Smartsails


Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 20:11.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto