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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola
igual ya ha salido el tema, me planteo si es posible y legal tener la residencia oficial y fiscal en tu propia embarcación y poder vivir dentro de el sin tener residencia en ninguna vivienda de ningun pais y poder vijar con el barco sin limitaciones ¿es posible sea la bandera que sea del barco?¿hace falta alguna nacionalidad asociada a la bandera? En caso afirmativo que problemas habria con España u otro pais según derecho, limitación de estancia, visados, fiscal, propiedades, etc Gracias |
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#2
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En el caso de que sea barco bandera española y estés en un puerto nacional sí que es posible, poniendo la dirección de tu capitanía correspondiente.
Lo tendrás que hablar primero con ellos y que te den el visto bueno. Yo conozco gente que vive así... ![]() Lo que no entiendo es cómo hace la gente con barco bandera extranjera, que también los hay. Qué domicilio fiscal ponen. ??? Supongo que tendrán algún familiar en otro país o algún chanchullo. ![]()
__________________
Saludos
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#3
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Cita:
Yo creo que si logras residencia en otro pais e incluso pasaporte de "conveniencia" y eres extranjero viviendo en España, sin ser residente ni fisico ni fiscal, tributas al tipo fijo de no residentes un 25% de las propiedades que compres, rentas etc. Lo ideal seria ser un turista eterno, tener barco de bandera extranjera en puerto español, degravar IVA, no tener que pagar nada mas y estar protegido frente a impuestos y absurdas leyes españolas incluso con domicilio inviolable |
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#4
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Y despues pedir una pension no contributiva y seguir navegando
![]() Roncito para todos ![]() |
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#5
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Cita:
Un extranjero o espanol residente en el extranjero puede tener su barco en la U.E. 18 meses y despues Tienes Q salir ...y volver a entrar si quieres Desgravar el iva ...si los productos te los llevas al pais de RESIDENCIA y en su emballasje ...no vale utilizarlos en Espana....y corres el riesgo de tener Q pagar el iva en tu pais d RESIDENCIA... |
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#6
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Cita:
![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Y que ademàs te cubran todos los gastos medicos ![]() ![]() ![]() . |
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#7
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Ed. Atarip: Agresividad y malos modos contra otros usuarios
Editado por Atarip en 18-04-2018 a las 09:16. |
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#8
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En el caso que planteas, respecto a ti hay que aplicar el Código Civil y por tanto tu tienes nacionalidad española y estas en territorio español, a partir de ahí tienes que realizar los trámites que sean preceptivos en la capitanía correspondiente, si lo permiten (que no en todas se permite). En cuanto al barco, es un bien de tu propiedad pero registrado en otro país, por lo tanto no le es aplicable la legislación española, si no la del país de registro. El bien registrado en otro país está en España porque hay libertad de tránsito entre paises de la UE, y así mismo se le aplica la legislación marítima. Con lo cual puede estar por tiempo indefinido en puerto base en España. La residencia de un español en un bien de su propiedad registrado en un país extrajero pero de la UE, y que está legalmente en España, es irrelevante.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a kuovadix | ||
Cozumel Reefs (19-04-2018) | ||
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#9
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En el caso que planteas, respecto a ti hay que aplicar el Código Civil y por tanto tu tienes nacionalidad española y estas en territorio español, a partir de ahí tienes que realizar los trámites que sean preceptivos en la capitanía correspondiente, si lo permiten (que no en todas se permite). En cuanto al barco, es un bien de tu propiedad pero registrado en otro país, por lo tanto no le es aplicable la legislación española, si no la del país de registro. El bien registrado en otro país está en España porque hay libertad de tránsito entre paises de la UE, y así mismo se le aplica la legislación marítima. Con lo cual puede estar por tiempo indefinido en puerto base en España. La residencia de un español en un bien de su propiedad registrado en un país extrajero pero de la UE, y que está legalmente en España, es irrelevante.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a kuovadix | ||
Cozumel Reefs (19-04-2018) | ||
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#10
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Cita:
a eso me referia a las repercusiones civiles, legales etc. [COLOR=inherit !important] #s3gt_translate_tooltip_mini { display: none !important; }[/color] Editado por Cozumel Reefs en 20-04-2018 a las 11:15. |
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