![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#1
|
||||
|
||||
|
Acabo de leer en hilo de Kaia, que le han pedido el papel del iva pagado, nosotros no lo tenemos y ni idea de como conseguirlo.... el barco es un Amel, construido y vendido en francia por dos veces.
Alguien tiene idea de como se consigue? Basta la factura que emitio amel a quien lo vendio la primera vez? |
|
#2
|
||||
|
||||
|
He oído que alguna vez lo han pedido, pero nunca que una denuncia haya prosperado por esto, ni siquiera que se haya cursado. La hoja de asiento certifica que todos los impuestos están pagados, si no el barco no se matricula, o no se cambia de armador. Si eso no les convence, pues que cursen la denuncia.
Por eso si se ha cambiado de bandera es importante conservar la hoja de asiento antigua y el documento de baja. |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Si tienes todo en regla, aunque específicamente tu no lo hayas realizado alguien debió hacerlo por ti ante los discípulos de todos.......
![]() ![]() ![]() En la Agencia tributaria estas fichado, a ellos les constará y solicitándolo te deben de dar copia del pago. ![]() |
|
#4
|
||||
|
||||
|
No me preocupa hacienda, ni la GC, estoy a 1800 millas o mas de sus garras....pero leyendo a Kaia, si cualquier policia aduanera de cualquier pais europeo puede preguntar si el iva esta pagado..... pues ya no mola tanto.
El barco como digo en el primer post, es Frances, Amel, y con tres armadores, dos Franceses con bandera Francesa y nosotros con bandera Belga. despues de 28 años.... se me hace raro llamar al astillero a preguntar si guardan la factura.... |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Buenas tardes
![]() No se nada del tema. Pero por una experiencia reciente pienso que en Amel a lo mejor no se les hace raro que les preguntes y te ayudan, quien sabe, por probar no pierdes nada ( sav@amel.fr) ![]() |
|
#6
|
||||
|
||||
|
Yo lo pregunté cuando empecé a navegar fuera de España. Es importante llevar a bordo, al navegar por otro país, el certificado del IVA del barco. Si no se lleva a bordo y te lo solicita la autoridad aduanera del otro país puedes verte obligado a pagarlo de nuevo en el momento, so pena de no poder seguir tu viaje. Para un barco comprado de segunda mano como el Corto Maltés, se trataría del certificado del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales que es el equivalente al IVA entre particulares. Y ese tiene que tenerlo cualquiera que compre un barco, igual que un coche o una moto de segunda mano.
![]() Tu responsabilidad con Hacienda es por la última transmisión, la que hizo que el barco pasara a tu propiedad, no la del primer comprador con el Astillero.
__________________
Las navegaciones y los libros del Corto Maltés: https://cortomaltes2012.blogspot.com/ |
| 3 Cofrades agradecieron a aaledo este mensaje: | ||
|
#7
|
||||
|
||||
|
Cita:
No estoy nada convencido de lo que dices.... me explico, si cuando el barco sale de astillero lo hace a una empresa de charter, y no se paga elmIVA, tu puedes tener el ITP de tu transmision, y el iva NO ESTAR PAGADO. El ITP es un impuesto, local, de una hacienda local, donde estes empadronado, del pais que sea...no te la va a pedir una aduana por que le importa un pepino, igual que no te va a pedir, el impuesto de circulacion del coche, o moto..., ademas de que sin ese papel no podras hacer la transmision a tu nombre, es obvio que si esta a tu nombre es que hacienda a dado el ok con ese papel, el IVA es otra historia, por que no se cobra entre paises por importacion y aqui viene el chanchullo... que seguro hay muchos barcos que no tienen el IVA pagado por que se e vendio en el extrangero de nuevo a una empresa y esta a un particular en otro pais... Editado por Marcos Montesier en 18-05-2018 a las 20:17. |
|
#8
|
||||
|
||||
|
Tengo que decir por que es de justicia hacerlo que hoy hemos llamado, a Amel sin convencimiento ninguno de que nos escucharan siquiera, hemos pedido el papel dando nuestro numero de serie del barco y mandando copia de que somos los propietarios y en 5 minutos Amel nos a expedido un certificado firmado por el director general de Amel diciendo que nuestra unidad esta al corriente de VAT.
El original va de camino a casa. Tambien llamamos pidiendo un plano de la superficie velica de un Santorin, hace unos meses, nos mandaron TODOS, los planos de nuestra unidad concreta, fontaneria, electricidsd, maquina, acastillaje, medidas, gas, agua, planos de enrrolladores, sistema de gobierno.... unos 15 en total, lo mejor es que los planos tienen el numero de serie del barco. No nos cobraron nada, ni el porte con el sobre. Al final voy a tener que ir a conocerlos en persona, oyendo lo que se oye de algunos astilleros.... estoy encantado, nuestro barco tiene 25 años y no se lo compramos a ellos. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Marcos Montesier | ||
Embat (19-05-2018) | ||
|
#9
|
||||
|
||||
|
Cita:
¡Que pasada! ![]() ![]() Menos mal, asunto solucionado ![]() ![]() |
|
#10
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() Marcos, me da la impresión de que al ser residente español el ITP si que hay que pagarlo... ![]() Editado por Javi-Miss Regina en 18-05-2018 a las 20:36. |
|
#11
|
||||
|
||||
|
Jajajajajajajaja ahora te estaba poniendo un wassap...
![]() |
|
#12
|
||||
|
||||
|
Cita:
Si, lo se, pero el ITP solo te lo pueden pedir las autoridades españolas en persona y aqui no tienen jurisdiccion... tendran que esperar, , si el barco algun dia va a España, de lo que tengo serias dudas, se actualizara ese tema. El impuesto de matriculacion me lo salto.... el barco nunca tuvo bandera Española, ni la tendra conmigo, en Francia ese impuesto no existe directamente, por eso fabrican y venden la malloria o todos los barcos que se fabrican en Europa. |
|
#13
|
||||
|
||||
|
Cita:
, pobrecitos, es que tienen que recaudar de alguna manera ![]() ![]() |
|
#14
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() ![]() ![]() |
|
#15
|
||||
|
||||
|
Cita:
que pagar el ISDMT. Salud y ![]()
__________________
![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
|
#16
|
||||
|
||||
|
Cita:
alli= España Editado por Marcos Montesier en 18-05-2018 a las 21:22. |
|
#17
|
||||
|
||||
|
Cita:
alli= España |
|
#18
|
||||
|
||||
|
Cita:
Y si tu compras a una empresa, sea de chárter o de lo que sea, esta te hace una factura con su IVA correspondiente, no hay impuesto de transmisiones, que es solo cuando el vendedor es particular. En lo que si te doy la razón es que me temo que enseñar el impuesto de transmisiones en el extranjero te va a servir de poco
__________________
Mario. |
|
#19
|
||||
|
||||
|
Cita:
|
|
#20
|
||||
|
||||
|
Saludos, al menos un Amel Santorin no pinta un barco muy tipo ex chárter no?
No creo que pidan factura de IVA pagado. Tengo un Puma del 83; los barcos vendidos en España antes de que inventasen el IVA del 12% en 1986 se libran de tener a bordo obligatoriamente estos papeles navegando por Francia y otros no? ![]() ![]() |
|
#21
|
||||
|
||||
|
Cita:
es un tema bastante debatido en el foro britanico ybw Marcos, la mayoría para no pagarlo hacen lo que comentas, normalmente cambiarse de puerto de España a Portugal o Francia cada menos de 6 meses. |
|
#22
|
||||
|
||||
|
Cita:
Imagino que manejan una lista de los astilleros o modelos que mas usan las empresas de chárter. ... pero saberlo no lo se. Si tu barco es de antes del impuesto, obvio te libras, da igual donde naveges. Ya iremos viendo como evoluciona el asunto...y si empiezan a sancionar e inmobilizar, me consta que la gente, la mayoria ni lo tiene, ni lo sabe, ni como conseguirlo. Pagar el iva de un barco por que no se sabe si se pago es un absurdo, las delegaciones de hacienda de los paises que obliguen a sus aduanas a controlar esto, que se vayan preparando a perder demandas por amarres en puerto en pleno verano, demandas por daños y perjuicios, perdidas de vacaciones, etc etc, si inmobilizan un barco que finalmente si tiene el iva pagado y se consigue el papel en 3 meses.... el armador no pagar NADA, el puerto querra cobrar y quien te llevo debera pagarlo o en el peor de los casos el seguro.... no lo se tiene mala pinta. |
|
#23
|
||||
|
||||
|
Lo esencial es tener la factura de cargo que te expide el vendedor del barco.
Si la transmisión la efectúa un particular y no está sujeta a IVA sinó a ITP sobre bienes muebles, puede que ni exista factura y con el contrato de compraventa que señala a cargo de quien va el impuesto baste. Si el impuesto lo paga el comprador, como suele ser habitual, a su pago la oficina recaudadora autonómica te entrega la correspondiente carta de pago. Por contra, si la transmisión está sujeta a IVA! La factuta de cargo debidamente extendida expresa quien vende ( denominación, señas y NIF) quien compra (las mismas citcunstancias y datos) cual es el objeto de facturación ( en èse caso el barco debidamente identificado ( marca, modelo, matrícula) base de facturación ( precio) y cuota de IVA debidamente sumada y total factura. A partir de tal expedición, si junto a la factura puedes acreditar su forma y medio de pago, tú estás exonerado de toda responsabilidad aun en el caso de que el vendedor hubiera recaudado el IVA y no lo hubiera ingresado, y junto a tu exoneración de responsabilidad lo está la del barco, resultando único responsable el vendedor que es quien debe ingresar en el Tesoro la cuatoa de IVA recaudada en plazo hàbil, e incluso la no recaudada, caso de mora. Esa es mi opinión que someto a la de mayores expertos en fiscalidad. Transcurrido el plazo de prescripción del impuesto deviene ya absurdo buscar el menor antecedente sobre el paradero de justificantes. Saludos ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a mazatlan | ||
galerna (27-05-2018) | ||
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|