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Originalmente publicado por aaledo
Yo lo pregunté cuando empecé a navegar fuera de España. Es importante llevar a bordo, al navegar por otro país, el certificado del IVA del barco. Si no se lleva a bordo y te lo solicita la autoridad aduanera del otro país puedes verte obligado a pagarlo de nuevo en el momento, so pena de no poder seguir tu viaje. Para un barco comprado de segunda mano como el Corto Maltés, se trataría del certificado del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales que es el equivalente al IVA entre particulares. Y ese tiene que tenerlo cualquiera que compre un barco, igual que un coche o una moto de segunda mano.
Tu responsabilidad con Hacienda es por la última transmisión, la que hizo que el barco pasara a tu propiedad, no la del primer comprador con el Astillero.
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No estoy nada convencido de lo que dices.... me explico, si cuando el barco sale de astillero lo hace a una empresa de charter, y no se paga elmIVA, tu puedes tener el ITP de tu transmision, y el iva NO ESTAR PAGADO.
El ITP es un impuesto, local, de una hacienda local, donde estes empadronado, del pais que sea...no te la va a pedir una aduana por que le importa un pepino, igual que no te va a pedir, el impuesto de circulacion del coche, o moto..., ademas de que sin ese papel no podras hacer la transmision a tu nombre, es obvio que si esta a tu nombre es que hacienda a dado el ok con ese papel, el IVA es otra historia, por que no se cobra entre paises por importacion y aqui viene el chanchullo... que seguro hay muchos barcos que no tienen el IVA pagado por que se e vendio en el extrangero de nuevo a una empresa y esta a un particular en otro pais...