Hola cofrares y unas rondas matutinas de algo que caliente bien que ya es viernes
Pues investigando las atribuciones de pper veo que pone que puedes ser "profesor" de practicas de per titulin y pnb entiendo. Lo que no me queda claro es si tiene que ser en una academia o si tienes tu propio barco las puedes hacer en el mismo y con la misma validez claro.
Supongo que en el caso de que si se pueda, es obligatorio tener el barco en lista 6? Se pide algo especial para el barco?
Y las de pastron de yate no se puede no? Que titulo se necesita para ser el patron en unas practicas de `patron de Yate??
