
Antes de que Quim me riña, que conste que he buscado antes de preguntar, la riña puede venir por no saber buscar, eso sí. El tema viene por el concepto de "eslora válida para el PER". Los 12 metros máximos ¿ cuáles son ? Me encuentro en las revistas especializadas "eslora total", "eslora de casco", "eslora de flotación" y "eslora fiscal", esta última parece que vinculada a la de casco. En la revista YATE de este mes aparece una frase relativa al Jeanneau Prestige 42, donde para una eslora total de 13'93m da una eslora fiscal de 11'98 y, textualmente, afirma la revista que "se puede gobernar con PER". ¿ Alguien puede aclarar cuál es la medida real de eslora que debemos mirar en revistas, cosasdebarcos, etc. para saber si una embarcación que nos interesa es legal para un PER ?

para todos y

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