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VHF: Canal 77 |
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#1
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Matricular Neumática Sin Documentación?
Es esta:
Desde el motor hasta la proa son 2,25, el problema son los laterales que sobresalen por atrás 55 cm más... (total 2.80). Según pone el reglamento: Se consideran embarcaciones de recreo aquéllas de todo tipo, con independencia del medio de propulsión, que tengan eslora de casco comprendida entre 2.5 y 24 metros. Por lo que habría que matricularla, pero no querría hacerlo, por que trae aparejado demasiadas cosas:
En capitanía no se aclaran. Con esta placa, las dimensiones, el certf. de la policía y los datos del motor mi mujer que trabaja en seguros me la puede asegurar. La guardia civil, lo normal es que pidan el seguro o piden más cosas tratándose de una embarcación tan "pequeña"? Aquí el compañero me dijo: Cita:
Qué me recomendais? Gracias y un salu2! |
#2
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Re: Matricular Neumática Sin Documentación?
Comprar un conjunto nuevo...
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"Born to sail, but forced to work..." |
#3
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Re: Matricular Neumática Sin Documentación?
Yo estuve en capitanía de Sevilla con el mismísimo problema. Les propuse medir desde la proa hasta la madera y me dijeron que nones. Que se medía desde la proa hasta la linea que une el extremo de los dos conos traseros.
Ya no seguí haciendo gestiones Saludos.
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Los políticos y los pañales se han de cambiar a menudo... y por los mismos motivos. (George Bernard Shaw) |
#4
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Re: Matricular Neumática Sin Documentación?
Cita:
Yo he ido siempre sin seguro con el motor antiguo pero he visto ya estos fines de semana 3 veces la patrullera de la GC y a agentes bajándose en neumática para ir de barco en barco pidiendo papeles... aunque la verdad eran yates y veleros... Yo es que paso de comprar una neumática habiéndome ya gastado 1300 euros en el motor, y más estando como está en la foto, impecable! y los trámites son como para ahorcarse! |
#5
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Re: Matricular Neumática Sin Documentación?
Pues te voy a decir la verdad. LA REGALE.
Si no recuerdo mal, (la edad no perdona), en la medida sin contar los "cono dichosos", creo que no había que hacer nada. Por las buenas. Pero contando los conos, matrícula, papeles, seguro, total, para lo que era, UN LIO. Se la regalé a uno con el que hice un trueque de una moto por un quad, la vio y me dijo que le venía estupenda como auxiliar y se la llevó sin más. Saludos.
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#6
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Re: Matricular Neumática Sin Documentación?
Cita:
Gracias!! Invito yo! |
#7
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Re: Matricular Neumática Sin Documentación?
Los conos tambien flotan y por eso cuentan.
Si kieres unba semirrigida en que los conos terminen a la altura del panel de popa, tendras que mirar una ZAR FORMENTI...
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"Born to sail, but forced to work..." |
#8
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Re: Matricular Neumática Sin Documentación?
Cita:
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#9
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Re: Matricular Neumática Sin Documentación?
Cita:
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#10
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Re: Matricular Neumática Sin Documentación?
Bueno despues de preguntar en la Capitanía Marítima de Motril me han dicho que efectivamente se mide la Eslora Total incluidos los dichosos conos.
Total: 2,80. Y la cosa tiene guasa por que sin documentación, contrato de compra venta o de donación es imposible matricularla. Y en caso de que tuviera la documentación necesitaría un proyecto (algo asi me han dicho) que cuesta unos 300 euros, más un certificado de navegabilidad (otros 100) más no se que más que ni me acuerdo! en fin imposible! El mismo hombre de capitanía me miraba como diciendo: qué quieres que te diga!! te va a costar más el collar que el pero, y no solo eso sino la de trámites que tendrías que hacer! Y luego está que si la aseguro poniendo que tiene de eslora 2.45 x ejemplo, si tengo un problema no me cubriría el seguro, sería slo un quitamultas (siempre que no dijera la GC de medir la eslora o pedirme la documentación y solo me pidiera el seguro!) Me compraré una de 2.50 y esta la regalaré o ya veré que hago, una pena la verdad. Salu2 y gracias a todos! |
#11
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Re: Matricular Neumática Sin Documentación?
Compra una de 2.49m max., xq a partir de 2.50m ya tienes de matricularla.
Leete bien esto: Una embarcación hasta 4 metros solo se puede utilizar sin matricular caso sea una auxiliar. Y solo puede navegar cerca de la embarcación principal: "Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques. Artículo 2. Definiciones. A efectos de lo previsto en este Real Decreto se entenderá por: b. Embarcación auxiliar: toda embarcación de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuya eslora máxima no sea superior a 4 metros y cuya potencia instalada, en su caso, no sea superior a 8 kW, siempre y cuando sea destinada exclusivamente al servicio auxiliar de la embarcación principal de recreo a la que sirve. Estas embarcaciones solo podrán navegar en las proximidades de la embarcación principal. Artículo 7. Del nombre e indicativo de matrícula de la embarcación. 5. Las embarcaciones auxiliares deberán llevar el mismo indicativo de matrícula de su principal, sin nombre, y añadiendo al final del mismo, entre paréntesis la expresión Aux y el indicativo de matrícula de su principal. En el supuesto de que hubiese más de una embarcación auxiliar, se utilizarán números correlativos." La eslora máxima exenta de matriculación son 2.49m. En este caso no deberias necesitar ninguna documentación y estás exento del material de seguridad pero te recomiendo llevar al menos un chaleco, navegar en dias muy buenos y porsupuesto cerca de la orilla. Te recomiendo que hagas un seguro de responsabilidad civil (cerca de 50 EUR/año): "Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques. (...) Artículo 2. Definiciones. A efectos de lo previsto en este real decreto se entenderá por: a) «Embarcación de recreo» (en adelante «embarcación»): toda embarcación de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una eslora comprendida entre 2,5 y 24 metros, medida según los criterios fijados en el apartado c) de este artículo y utilizada para fines deportivos o de ocio. Quedan comprendidas en esta definición las embarcaciones ya sean utilizadas con ánimo de lucro o con fines de entrenamiento para la navegación de recreo. (...) c) «Eslora»: la distancia medida paralelamente a la línea de flotación de referencia, y al eje de la embarcación, entre dos planos verticales perpendiculares al plano central de la embarcación situados uno en la parte más a proa de la misma y el otro en la parte más a popa. Esta eslora incluye todas las partes estructurales de la embarcación y las que forman parte integrante de la misma, tales como rodas o popas de madera, metal o plástico, las amuradas y las juntas casco/cubierta, así como aquellas partes desmontables del casco que actúan como soporte hidrostático o hidrodinámico cuando la embarcación está en reposo o navegando. Esta eslora excluye todas las partes móviles que se puedan desmontar de forma no destructiva sin afectar a la integridad estructural de la embarcación, tales como palos, penoles, plataformas salientes en cualquier extremo de la embarcación, guarniciones de proa, timones, soportes para motores, apoyos para propulsión, plataformas para zambullirse y acceder a bordo y protecciones y defensas. Para las embarcaciones con marcado CE la eslora será la que se ajuste a la definición de los párrafos anteriores entre las recogidas en la declaración de conformidad de la embarcación, que es la «eslora del casco» según se define en la norma UNE EN-ISO 8666:2006. (...) q) «Artefactos flotantes o de playa»: artefactos proyectados con fines recreativos o deportivos, de los siguientes tipos: i) Piraguas, kayacs, canoas sin motor y otros artefactos sin propulsión mecánica. ii) Patines con pedales o provistos de motor con potencia inferior a 3.5 kW. iii) Motos náuticas. iv) Tablas a vela. v) Tablas deslizantes con motor. vi) Instalaciones flotantes fondeadas. vii) Otros ingenios similares a los descritos en los puntos anteriores que se utilicen para el ocio. (...) Artículo 3. Ámbito de aplicación. (...) 2. Están excluidas del ámbito de aplicación de este real decreto las embarcaciones que tengan otorgado permiso temporal de navegación de acuerdo con la normativa vigente y las embarcaciones de recreo de la lista sexta que transporten más de doce pasajeros. No estarán obligadas a su registro, o se regularán por su normativa específica, las embarcaciones históricas y tradicionales, así como las embarcaciones de regatas que estén destinadas exclusivamente a la competición y los artefactos flotantes o de playa. (...)" ---------------------------------------------- "ORDEN FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo. (...) CAPÍTULO I Disposiciones generales (...) 2. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta Orden: a) Los artefactos flotantes o de playa, entendiéndose por tales los siguientes: — Instalaciones flotantes fondeadas.— Piraguas, «kayaks» y canoas sin motor. — Patines con pedales o provistos de motor con potencia inferior a 3,5 kilowatios. — Motos náuticas. — Tablas a vela. — Tablas deslizantes con motor, embarcaciones de uso individual y otros ingenios similares a motor. b) Las embarcaciones de regatas que tengan sus propias reglas de seguridad y estén destinadas exclusivamente a la competición. c) Las embarcaciones experimentales siempre que no se comercialicen en el mercado de la Unión Europea. d) Las embarcaciones sumergibles. e) Los vehículos de colchón de aire. f) Los hidroplaneadores. g) El original y cada una de las reproducciones de embarcaciones antiguas diseñadas antes de 1950, construidas con elementos originales y denominadas así por el constructor. 3. En todo caso, las embarcaciones citadas en el punto 2 cuya eslora sea igual o superior a 2,5 metros, y que no sean artefactos flotantes o de playa de los relacionados en la letra a), requerirán de la previa autorización de la Capitanía Marítima correspondiente para navegar en las Zonas establecidas en el artículo 3. La Capitanía Marítima fijará las Zonas para las cuales autoriza la navegación, en función de las características de la embarcación, y los equipos de seguridad que deben reunir dichas embarcaciones. Artículo 3. Zonas de navegación para las embarcaciones de recreo. 1. Se establecen las siguientes Zonas de navegación: A) Zona de navegación Oceánica. Le corresponde la siguiente Zona: Zona «1». Zona de navegación ilimitada. B) Zona de navegación en Alta Mar. Comprende las siguientes Zonas de navegación: Zona «2». Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas. Zona «3». Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 25 millas.C) Zona de navegación en aguas costeras. Comprende las siguientes Zonas de navegación: Zona «4». Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas. Zona «5». Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 5 millas de un abrigo o playa accesible.Zona «6». Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 2 millas de un abrigo o playa accesible. D) Zona de navegación en aguas protegidas. Le corresponde la siguiente Zona: Zona «7». Navegación en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías, bahías abrigadas y aguas protegidas en general."
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"Born to sail, but forced to work..." Editado por RMR2ENG en 26-06-2012 a las 10:10. |
#12
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Re: Matricular Neumática Sin Documentación?
Cita:
Hola, es mi primera intervencion no se si lo hago bien. En el caso de tu neumatica, con la declaracion de conformidad, puedes matricularla sin problemas como si fuera nueva, es barato y lo haces en una mañana. Yo he ayudado a varios amigos a conseguirla. En caso de barco de fibra u otras esloras, no estoy seguro, lo averiguare. Hacerlo como un hallazgo, como he leido, puede ser pero mientras esperas los largos tramites, eres responsable del barco, pero no puedes o no debes usarlo. Un saludo, |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a yojoseytu | ||
lorensf2000 (26-08-2024) |
#13
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Respuesta: Matricular Neumática Sin Documentación?
¿Has mirado la fecha de la última intervención?
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a LP706 | ||
lorensf2000 (26-08-2024) |
#14
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Re: Matricular Neumática Sin Documentación?
Cita:
hola buenos dias quisiera preguntarte que es la declaracion de conformidad?? a mi me pasa que tengo una neumatica encontrada de unos 4,50mt que no tiene matricula y me da pena tirarla ya que se podria restaurar gracias por la informacion |
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