![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Amigos, necesito me aclareis un matiz.
¿que pasa si compro un barco con bandera belga y decido dejarlo sin cambiar? ¿he de pagar IVA? algun impuesto? Gracias de antemano Que corra el ron y las birras ![]() ![]() ![]()
__________________
Disculpas al Mar, a quien he robado tanto tiempo para dedicarlo a mi trabajo
|
|
#2
|
||||
|
||||
|
Si es de segundamano entre particulares no pagas IVA. Lo que puede que tengas de pagar es el ITP.
__________________
"Born to sail, but forced to work..." |
|
#3
|
||||
|
||||
|
El IVA ya esta pagado porque Bélgica es miembro de la CEE ( desde hace mas de 30 tacos ..., fue el primero )
Si quieres navegar de forma permanente en España , tendrás que pagar el impuesto de matriculación proporcional al valor venal de la ambarcacion o de las tablas de acienda ( según te puedan sacar mas cuartos ) , lo bueno es que te lo dan todo echo , suelen ser barcos bien cuidado y equipados ( por la cuenta que les trae visto el mar que tienen .. )![]() |
|
#4
|
||||
|
||||
|
O sea el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
__________________
"Born to sail, but forced to work..." |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Cita:
Unos ![]() ...El Inpuesto sobre Determinados Medios de Transporte es (traducido a los coches), el Impuesto de Matriculación . Pero si no se vá a matricular aquí... Yo creo que en un barco comprado allá, y que no vá a cambiar de bandera, el impuesto debe ser el de Ipuesto de Transmisiones Patrimoniales que será un porcentaje del precio estipulado en el contrato de compraventa. Saludos |
|
#6
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() |
|
#7
|
||||
|
||||
|
Gracias cofrades
Que grande es esta taberna ![]()
__________________
Disculpas al Mar, a quien he robado tanto tiempo para dedicarlo a mi trabajo
|
|
#8
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() VAMOS A VER DECIA UN CIEGO en España cuando una persona física tiene una minùsvalia a partir del 33% traducido a la automocion esta ni paga el impuesto de veiculos a motor (el numerito vamos) ni el impuesto de matriculaciones. ¿tenemos que entender que la DGMM si que les va a cobrar el impuesto de matriculacion? ![]() ![]()
__________________
Los herrores del marino los paga siempre el marino ![]() |
|
#9
|
||||
|
||||
|
Cita:
"TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS Artículo 6. 1. El impuesto se exigirá: [....] A) Por las transmisiones patrimoniales onerosas de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza, que estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español o en territorio extranjero, cuando, en este último supuesto, el obligado al pago del impuesto tenga su residencia en España. No se exigirá el impuesto por las transmisiones patrimoniales de bienes y derechos de naturaleza inmobiliaria, sitos en territorio extranjero, ni por las transmisiones patrimoniales de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza que, efectuadas en territorio extranjero, hubieren de surtir efectos fuera del territorio español. [....] C) Por los actos jurídicos documentados que se formalicen en territorio nacional y por los que habiéndose formalizado en el extranjero surtan cualquier efecto, jurídico o económico, en España." ![]() |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|